Cumplida, Devuelta al Tribunal de la Causa, mediante Oficio Número123 de Fecha 19/05/2009, constante de Ciento Sesenta y Cinco (165) Folios Útiles.
ACTA DE TRASLADO:
En esta fecha Dieciocho (18) de Mayo del año Dos Mil Nueve, siendo las Diez Antes-Meridiem, previa habilitación del tiempo necesario, oportunidad señalada por este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Arísmendi, Antolín del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para tener lugar la práctica de la Medida de Embargo Ejecutivo, decretado y ordenado en comisión por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, sigue LA SOCIEDAD MERCANTIL BANCO MERCANTIL C.A, BANCO UNIVERSAL contra CONSTRUCTORA CAVIPRECA C.A; se trasladó el Tribunal en compañía del Apoderado Judicial de la parte actora abogado MIGUEL GÓMEZ MUCI, Titular de la Cédula de Identidad Número V- 3.586.364, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 10.579; de una comisión policial al mando de el Distinguido HAROLD MARTINEZ, identificado con la cédula de identidad Nro. V- 16.370.649, y se Constituyó en un inmueble, específicamente un Lote de Terreno, Ubicado en un sitio denominado “Cotoperiz”, en el Caserío Fuentes, antiguamente “Los Bagres”, Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, sitio señalado por el Apoderado Judicial de la Parte Ejecutante y al cual fue conducido este Tribunal. Constituidos en dicho sitio se abrió el acto y se encontraban presentes las ciudadanas: GERALDINA JOSÉ ORDAZ MARÍN, Titular de la Cédula de Identidad V-13.190.649, (Parcela A-4), YADIRA DEL SOCORRO CHADID DE GONZALEZ, Titular de la Cédula de Identidad V-23.590.476 (Parcela A-15), KATIUSKA DEL VALLE REYES MARÍN, Titular de la Cédula de Identidad V-12.225.282, (Parcela B-4), ALEXANDER CARREÑO, Titular de la Cédula de Identidad V-10.198.873, (Parcela B-6), GINA MARÍA GONZALEZ CHADID, Titular de la Cédula de Identidad V- 24.109.269, (Parcela B-14), OLIMARQUES LOURDES MENDEZ RODRÍGUEZ, Titular de la Cédula de Identidad V-13.190.425, (Parcela C-1), LUÍS FELIPE BUSTAMANTE GARCÍA, Titular de la Cédula de Identidad v-11.198.003, (Parcela C-3), MARÍA ALEJANDRA ADREANI NORIEGA, Titular de la Cédula de Identidad V-18.114.417 (Parcela C-4), JUAN CARLOS REINOSO CARUSI, Titular de la Cédula de Identidad V-12.690.545, (Parcela C-6), FLOR LOZANO DE YERVES, Titular de la Cédula de Identidad V-5.521.611, (C-11), JUAN VIC ENTE GÓMEZ LINARES, Titular de la Cédula de Identidad V-16.861.775, (Parcela C-14), ERKA LUCIA JIMENEZ VELASQUEZ, Titular de la Cédula de Identidad V-17.847.882, (Parcela C-17), ELIANA DEL CARMEN MARVAL FERNANDEZ, Titular de la Cédula de Identidad V-9.300.356, (Parcela C-18), LUISA ANTONIA ANTON, Titular de la Cédula de Identidad V-8.444.300, (Parcela D-4), NURKELYS ROSELINE ANTON SALAZAR, Titular de la Cédula de Identidad V-15.576.219 (Parcela D-5), JOSE GABINO ROSA, Titular de la Cédula de Identidad V-9.213.181, (Parcela D-12), ROSARIO SUDANO MACHADO, Titular de la Cédula de Identidad V-5.385.982, (Parcela D-14), todos en su condición de Ocupantes de las referidas parcelas; a quienes se les notificó la misión del Tribunal, previa lectura del Despacho que encabeza las presentes actuaciones. En este estado el Tribunal, por cuanto se hace necesario el asesoramiento de un experto Práctico para la Ubicación exacta del Inmueble a Embargar, se nombra Experto Práctico al Ingeniero Civil Ciudadano Eduardo Alfonzo Caballero, Titular de la Cédula de Identidad Número V- 6.014.474, y debidamente Inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el Número 69.646, quien estando presente aceptó el cargo y prestó el Juramento de Ley, quien expone: Vista la documentación existente en las presentes actuaciones y plano topográfico, puedo constatar e informar al Tribunal que nos encontramos en el Sitio señalado en la presente Comisión. El Tribunal procede a nombrar Depositaria Judicial a la Depositaria Judicial Oriente C.A, en la persona de su representante Ciudadano Víctor Rivodo, Titular de la Cédula de Identidad Número V-6.291.184, y Perito Avaluador al Ciudadano Pablo Torcat Ramos, Titular de la Cédula de Identidad Número V-11.855.465, quienes estando presentes aceptaron el cargo y prestaron Juramento de Ley. Acto seguido presente el Apoderado Judicial de la Parte Actora Doctor MIGUEL GÓMEZ MUCI, anteriormente identificado, expone: señalo para ser Embargados Ejecutivamente las Cuarenta y Seis (46) Parcelas que forman parte de la Urbanización “Los Jardines”, y las casas sobre ellas construidas, desarrolladas sobre el bien Inmueble que a continuación describo: Un Lote de Terreno distinguido como el Lote C-A-1, dentro del cual fueron desarrolladas las parcelas, el cual tiene una superficie aproximada de Diecinueve Mil Doscientos Noventa y Cuatro Metros Cuadrados con Sesenta y Siete Decímetros Cuadrados (19.294,67 Mts²), que forma parte de una mayor extensión, ubicado en el sitio denominado “El Cotoperiz”, en el Caserío Fuentes, antiguamente “Los Bagres” Jurisdicción del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, cuyos Linderos Particulares son los siguientes: NORTE: En línea recta de longitud de 186,79 metros lineales, partiendo del punto “L-8” de Coordenadas N: 1.211.047,375 y E: 394.042,176 con rumbo S: 26057´34”W, hasta llegar al punto “L-16” de coordenadas N: 1.211.077,176, y E: 394.227,118. SUR: En tres segmentos de línea, la primera con una longitud de 116,02 metros lineales, partiendo del punto “L-4” de coordenadas N: 1.210.945,001 y E: 394.077,065, con rumbo N 80°43´59” E, hasta llegar al punto “L-3” de coordenadas N: 1.210.964,003 y E: 394.191,524; el segundo segmento línea recta de longitud 14 metros lineales, partiendo del punto “L-3” de coordenadas N: 1.210.964,003 y E: 394.191,524, con rumbo S 180 00´00”W, hasta llegar al punto “L-2” de coordenadas 1.210.950,144 y E: 394.193,524, y el tercer segmento línea recta con una longitud de 52,47 metros lineales, partiendo del punto “L-2” de coordenadas 1.210.950,144 y E: 394.193,524, con rumbo N 81° 20´25” E, hasta llegar al punto “L-1” de Coordenadas N: 1.210.958,089 y E: 394.245,405. ESTE: En dos segmentos, el primero en una línea recta de longitud 10,27 metros lineales, partiendo del punto “L-16” de Coordenadas N: 1.211.077,176 y E: 394.227,118, con rumbo N 350 26´08 W, hasta llegar al punto “L-16-A” de Coordenadas N: 1.211.066,906 y E: 394.227.070; el segundo en una línea recta de longitud 110,35, metros lineales, partiendo del punto “L-16-A” de Coordenadas 1.211.066,906 y E: 394.227.070, con rumbo N 350 26´08” W, hasta llegar punto “L-1” de Coordenadas N: 1.210.958,089 y E: 394.245,405. OESTE: En una línea recta de longitud 106,26 metros lineales, partiendo del punto “L-8” de Coordenadas N: 1.211.047,375 y E: 394.042,176, con rumbo S 160 50´59” E, hasta llegar al punto “L-4” de Coordenadas N: 1.210.945,001 y E: 394.077.065. El Lote objeto de la garantía constituida distinguido con la nomenclatura C-A-1, antes descrita a su vez forma parte del Lote C-A, el cual tiene una superficie aproximada de Treinta y Dos mil Setecientos Dieciséis Metros Cuadrados con Cuarenta y Tres Decímetros Cuadrados (32.716,43 Mts²), que a su vez forma parte de la Parcela C, la cual tiene una superficie aproximada de Cincuenta y Cuatro Mil Ocho Metros Cuadrados con Ochenta y Seis Decímetros Cuadrados (54.008,86 Mts²), el cual a su vez forma parte del Lote de Terreno con una superficie aproximada de Doscientos Doce Mil Novecientos Metros Cuadrados con Ochenta y Nueve Decímetros Cuadrados (212.900,89 Mts²). Y las parcelas que constituyen dicho Lote C-A-1, constante de una Superficie aproximada de Diecinueve Mil Doscientos Noventa y Cuatro Metros Cuadrados con Sesenta y Siete Decímetros Cuadrados (19.294,67 Mts²), que formó parte del Lote de mayor extensión del Lote arriba identificado que fue adquirido por la Ejecutada Constructora Cavipreca C.A, según consta en Documento Protocolizado ante la Oficina Subalterna del Registro del Distrito Díaz del Estado Nueva Esparta, en fecha Veintiséis (26) de Enero de Mil Novecientos Noventa y Cuatro (1994), bajo el Número 48, Tomo II, Protocolo Primero, y el Plano del Lote de Diecinueve Mil Doscientos Noventa y Cuatro Metros Cuadrados con Sesenta y Siete Decímetros Cuadrados (19.294,67 Mts²), se encuentra agregado al cuaderno de comprobante de la citada Oficina de Registro en la expresada fecha Cuatro (04) de Noviembre de Mil Novecientos Nocventa y Nueve (1999), bajo el Número 41, y son objeto de la Medida de Embargo Ejecutivo ordenada por el Comitente son las siguientes:
A-1, la cual tiene un área aproximada de Ciento Noventa y Dos Metros Cuadrados con Cuarenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (192,44 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veinticuatro Metros Lineales (24,00 Mts.) con la parcela A-V-1; SUR: En línea recta de longitud Veinticuatro Metros con Once Centímetros Lineales (24,11 Mts.) con la parcela A-2; ESTE: En línea recta de longitud Ocho metros lineales (8,00 Mts.) con la Av. Las Américas; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho metros lineales (8,00 Mts.) con la calle A.
A-3, la cual tiene un área aproximada de Ciento Noventa y Cuatro Metros Cuadrados con Dieciséis Decímetros Cuadrados (194,16 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veinticuatro Metros con Veintidós Centímetros Lineales (24,22 Mts.) con la parcela A-2; SUR: En línea recta de longitud Veinticuatro Metros con Treinta y Dos Centímetros Lineales (24,32 Mts.) con la parcela A-4; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Las Américas; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle A.
A-4, la cual tiene un área aproximada de Ciento Noventa y Cinco Metros Cuadrados (195,00 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veinticuatro Metros con Treinta y Dos Centímetros Lineales (24,32 Mts.) con la parcela A-3; SUR: En línea recta de longitud Veinticuatro Metros con Cuarenta y Tres Centímetros Lineales (24,43 Mts.) con la parcela A-5; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Las Américas; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle A.
A-6, la cual tiene un área aproximada de Ciento Noventa y Seis Metros Cuadrados con Setenta y Seis Decímetros Cuadrados (196,76 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veinticuatro Metros con Cincuenta y Cuatro Centímetros Lineales (24,54 Mts.) con la parcela A-5; SUR: En línea recta de longitud Veinticuatro Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (24,65 Mts.) con la parcela A-7; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Las Américas; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle A.
A-7, la cual tiene un área aproximada de Ciento Noventa y Siete Metros Cuadrados con Sesenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (197,64 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veinticuatro Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (24,65 Mts.) con la parcela A-6; SUR: En línea recta de longitud Veinticuatro Metros con Setenta y Seis Centímetros Lineales (24,76 Mts.) con la parcela A-8; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Las Américas; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle A.
A-9, la cual tiene un área aproximada de Ciento Noventa y Nueve Metros Cuadrados con Treinta y Dos Decímetros Cuadrados (199,32 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veinticuatro Metros con Ochenta y Seis Centímetros Lineales (24,86 Mts.) con la parcela A-8; SUR: En línea recta de longitud Veinticuatro Metros con Noventa y Siete Centímetros Lineales (24,97 Mts.) con la parcela A-10; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Las Américas; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle A.
A-10, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (200,20 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veinticuatro Metros con Noventa y Siete Centímetros Lineales (24,97 Mts.) con la parcela A-9; SUR: En línea recta de longitud Veinticinco Metros con Ocho Centímetros Lineales (25,08 Mts.) con la parcela A-11; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Las Américas; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle A.
A-13, la cual tiene un área aproximada de Ciento Setenta y Tres Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (173,20 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con la parcela A-14; SUR: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con la Av. Sur; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle A; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la parcela B-1.
A-14, la cual tiene un área aproximada de Ciento Setenta y Tres Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (173,20 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con la parcela A-15; SUR: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Setenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con la parcela A-13; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle A; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la parcela B-2.
A-15, la cual tiene un área aproximada de Ciento Setenta y Tres Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (173,20 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con la parcela A-16; SUR: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con la parcela A-14; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle A; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la parcela B-3.
A-19, la cual tiene un área aproximada de Ciento Setenta y Tres Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (173,20 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con la parcela A-20; SUR: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con la parcela A-18; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle A; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la parcela B-7.
A-20, la cual tiene un área aproximada de Ciento Setenta y Tres Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (173,20 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con la parcela A-21; SUR: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con la parcela A-19; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle A; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la parcela B-8.
A-21, la cual tiene un área aproximada de Ciento Setenta y Tres Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (173,20 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con el antiguo camino Real entre Punta de Piedra y Porlamar; SUR: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con la parcela A-20; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle A; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la parcela B-9.
B-1, la cual tiene un área aproximada de Ciento Setenta y Tres Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (173,20 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con parcela B-2; SUR: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con Av. Sur; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con parcela A-13; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle B.
B-4, la cual tiene un área aproximada de Ciento Setenta y Tres Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (173,20 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con parcela B-5; SUR: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con parcela B-3; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con parcela A-16; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle B.
B-6, la cual tiene un área aproximada de Ciento Setenta y Tres Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (173,20 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con parcela B-7; SUR: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con parcela B-5; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con parcela A-18; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle B.
B-8, la cual tiene un área aproximada de Ciento Setenta y Tres Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (173,20 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con parcela B-9; SUR: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Cinco Centímetros Lineales (21,65 Mts.) con parcela B-7; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con parcela A-20; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle B.
B-10, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Diez Metros Cuadrados con Cuarenta Decímetros Cuadrados (210,40 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con el antiguo camino Real entre Punta de Piedra y Porlamar; SUR: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con parcela B-11; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle B; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la parcela C-9.
B-14, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Diez Metros Cuadrados con Cuarenta Decímetros Cuadrados (210,40 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con la parcela B-13; SUR: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con parcela B-15; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle B; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la parcela C-5.
C-1, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Diez Metros Cuadrados con Cuarenta Decímetros Cuadrados (210,40 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con la parcela C-2; SUR: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con Av. Sur; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la parcela B-18; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle C.
C-2, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Diez Metros Cuadrados con Cuarenta Decímetros Cuadrados (210,40 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con la parcela C-3; SUR: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con parcela C-1; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la parcela B-17; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle C.
C-3, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Diez Metros Cuadrados con Cuarenta Decímetros Cuadrados (210,40 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con la parcela C-4; SUR: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con la parcela C-2; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la parcela B-16; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle C.
C-4, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Diez Metros Cuadrados con Cuarenta Decímetros Cuadrados (210,40 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con la parcela C-5; SUR: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con la parcela C-3; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la parcela B-15; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle C.
C-5, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Diez Metros Cuadrados con Cuarenta Decímetros Cuadrados (210,40 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con la parcela C-6; SUR: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con la parcela C-4; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la parcela B-14; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle C.
C-6, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Diez Metros Cuadrados con Cuarenta Decímetros Cuadrados (210,40 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con la parcela C-7; SUR: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con la parcela C-5; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la parcela B-13; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle C.
C-9, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Diez Metros Cuadrados con Cuarenta Decímetros Cuadrados (210,40 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con el antiguo camino Real entre Punta de Piedra y Porlamar; SUR: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Treinta Centímetros Lineales (26,30 Mts.) con la parcela C-8; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la parcela B-10; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle C.
C-11, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Noventa y Ocho Metros Cuadrados con Cincuenta y Tres Decímetros Cuadrados (298,53 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Treinta y Ocho Metros con Veintiocho Centímetros Lineales (38,28 Mts.) con la parcela C-10; SUR: En línea recta de longitud Treinta y Seis Metros con Ochenta y Un Centímetros Lineales (36,81 Mts.) con la parcela C-12; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle C; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con terrenos que o fueron de la Sucesión Velásquez.
C-12, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Ochenta y Siete Metros Cuadrados con Cuatro Decímetros Cuadrados (287,04 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Treinta y Seis Metros con Ochenta y Un Centímetros Lineales (36,81 Mts.) con la parcela C-11; SUR: En línea recta de longitud Treinta y Cinco Metros con Treinta y Cuatro Centímetros Lineales (35,34 Mts.) con la parcela C-13; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle C; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con terrenos que o fueron de la Sucesión Velásquez.
C-13, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Setenta y Siete Metros Cuadrados con Treinta y Un Decímetros Cuadrados (277,31 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Treinta y Cinco Metros con Treinta y Cuatro Centímetros Lineales (35,34 Mts.) con la parcela C-12; SUR: En línea recta de longitud Treinta y Tres Metros con Ochenta y Siete Centímetros Lineales (33,87 Mts.) con la parcela C-14; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle C; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con terrenos que o fueron de la Sucesión Velásquez.
C-14, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Sesenta y Tres Metros Cuadrados con Setenta y Siete Decímetros Cuadrados (263,77 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Treinta y Tres Metros con Ochenta y Siete Centímetros Lineales (33,87 Mts.) con la parcela C-13; SUR: En línea recta de longitud Treinta y Dos Metros con Cuarenta Centímetros Lineales (32,40 Mts.) con la calle C-15; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle C; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con terrenos que o fueron de la Sucesión Velásquez.
C-15, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Cincuenta y Dos Metros Cuadrados con Veintinueve Decímetros Cuadrados (252,29 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Treinta y Dos Metros con Cuarenta Centímetros Lineales (32,40 Mts.) con la parcela C-14; SUR: En línea recta de longitud Treinta Metros con Noventa y Cuatro Centímetros Lineales (30,94 Mts.) con la calle C-16; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle C; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con terrenos que o fueron de la Sucesión Velásquez.
C-16, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Cuarenta Metros Cuadrados con Cuarenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (240,44 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Treinta Metros con Noventa y Cuatro Centímetros Lineales (30,94 Mts.) con la parcela C-15; SUR: En línea recta de longitud Veintinueve Metros con Cuarenta y Siete Centímetros Lineales (29,47 Mts.) con la parcela C-17; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle C; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con terrenos que o fueron de la Sucesión Velásquez.
C-17, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Veintiocho Metros Cuadrados con Sesenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (228,64 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintinueve Metros con Cuarenta y Siete Centímetros Lineales (29,47 Mts.) con la parcela C-16; SUR: En línea recta de longitud Veintiocho Metros Lineales (28,00 Mts.) con la parcela C-18; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle C; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con terrenos que o fueron de la Sucesión Velásquez.
C-18, la cual tiene un área aproximada de Doscientos Dieciocho Metros Cuadrados con Cuatro Decímetros Cuadrados (218,04 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Veintiocho Metros Lineales (28,00 Mts.) con la parcela C-17; SUR: En línea recta de longitud Veintiséis Metros con Ochenta Centímetros Lineales (26,80 Mts.) con la Calle D-14 y Av. Sur; ESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la calle C; y OESTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con terrenos que o fueron de la Sucesión Velásquez.
D-2, la cual tiene un área aproximada de Ciento Cincuenta y Ocho Metros Cuadrados con Sesenta y Ocho Decímetros Cuadrados (158,68 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Sur; SUR: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Urb. Cotoperiz; ***ESTE: En línea recta de longitud Diecinueve Metros con Setenta y Cinco Centímetros Lineales (19,75 Mts.) con la parcela D-1; y OESTE: En línea recta de longitud Diecinueve Metros con Noventa y Dos Centímetros Lineales (19,92 Mts.) con la parcela D-3.
D-4, la cual tiene un área aproximada de Ciento Sesenta y Un Metros Cuadrados con Cuarenta Decímetros Cuadrados (161,40 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Sur; SUR: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Urb. Cotoperiz; ESTE: En línea recta de longitud Veinte Metros con Nueve Decímetros Lineales (20,09 Mts.) con la parcela D-3; y OESTE: En línea recta de longitud Veinte Metros con Veintiséis Centímetros Lineales (20,26 Mts.) con la parcela D-5.
D-5, la cual tiene un área aproximada de Ciento Sesenta y Dos Metros Cuadrados con Setenta y Seis Decímetros Cuadrados (162,76 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Sur; SUR: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Urb. Cotoperiz; ESTE: En línea recta de longitud Veinte Metros con Veintiséis Centímetros Lineales (20,26 Mts.) con la parcela D-4; y OESTE: En línea recta de longitud Veinte Metros con Cuarenta y Tres Centímetros Lineales (20,43 Mts.) con la parcela D-6.
D-6, la cual tiene un área aproximada de Ciento Sesenta y Cuatro Metros Cuadrados con Doce Decímetros Cuadrados (164,12 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Sur; SUR: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Urb. Cotoperiz; ESTE: En línea recta de longitud Veinte Metros con Cuarenta y Tres Centímetros Lineales (20,43 Mts.) con la parcela D-5; y OESTE: En línea recta de longitud Veinte Metros con Sesenta Centímetros Lineales (20,60 Mts.) con la parcela D-7.
D-7, la cual tiene un área aproximada de Ciento Sesenta y Cinco Metros Cuadrados con Cuarenta y Ocho Decímetros Cuadrados (165,48 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Sur; SUR: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Urb. Cotoperiz; ESTE: En línea recta de longitud Veinte Metros con Sesenta Centímetros Lineales (20,60 Mts.) con la parcela D-6; y OESTE: En línea recta de longitud Veinte Metros con Setenta y Siete Lineales (20,77 Mts.) con la parcela D-8.
D-8, la cual tiene un área aproximada de Ciento Sesenta y Seis Metros Cuadrados con Ochenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (166,84 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Sur; SUR: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Urb. Cotoperiz; ESTE: En línea recta de longitud Veinte Metros con Setenta y Siete Centímetros Lineales (20,77 Mts.) con la parcela D-7; y OESTE: En línea recta de longitud Veinte Metros con Noventa y Cuatro Centímetros Lineales (20,94 Mts.) con la parcela D-9.
D-9, la cual tiene un área aproximada de Ciento Sesenta y Ocho Metros Cuadrados con Veinticuatro Decímetros Cuadrados (168,24 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Sur; SUR: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Urb. Cotoperiz; ESTE: En línea recta de longitud Veinte Metros con Noventa y Cuatro Centímetros Lineales (20,94 Mts.) con la parcela D-8; y OESTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Doce Centímetros Lineales (21,12 Mts.) con la parcela D-10.
D-10, la cual tiene un área aproximada de Ciento Sesenta y Nueve Metros Cuadrados con Sesenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (162,64 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Sur; SUR: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Urb. Cotoperiz; ESTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Doce Centímetros Lineales (21,12 Mts.) con la parcela D-9; y OESTE: En línea recta de longitud Veintiun Metros con Veintinueve Centímetros Lineales (21,29 Mts.) con la parcela D-11.
D-11, la cual tiene un área aproximada de Ciento Setenta y Un Metros Cuadrados (171,00 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Sur; SUR: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Urb. Cotoperiz; ESTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Veintinueve Centímetros Lineales (21,29 Mts.) con la parcela D-10; y OESTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Cuarenta y Seis Lineales (21,46 Mts.) con la parcela D-12.
D-12, la cual tiene un área aproximada de Ciento Setenta y Dos Metros Cuadrados con Treinta y Seis Decímetros (172,36 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Sur; SUR: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Urb. Cotoperiz; ESTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Cuarenta y Seis Centímetros Lineales (21,46 Mts.) con la parcela D-11; y OESTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Tres Lineales (21,63 Mts.) con la parcela D-13.
D-13, la cual tiene un área aproximada de Ciento Setenta y Tres Metros Cuadrados con Setenta y Dos Decímetros Cuadrados (173,72 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Av. Sur; SUR: En línea recta de longitud Ocho Metros Lineales (8,00 Mts.) con la Urb. Cotoperiz; ESTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros con Sesenta y Tres Centímetros Lineales (21,63 Mts.) con la parcela D-12; y OESTE: En línea recta de longitud Veintiún Metros Ochenta Lineales (21,80 Mts.) con la parcela D-14.
D-14, la cual tiene un área aproximada de Cuatrocientos Un Metros Cuadrados con Diez Decímetros Cuadrados (401,10 Mts²) y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de longitud Quince Metros con Sesenta Centímetros Lineales (15,60 Mts.) con la parcela C-18; SUR: En línea recta de longitud Diez Metros con Cincuenta Centímetros Lineales (10,50 Mts.) con la Urb. Cotoperiz; ESTE: En línea recta de longitud Treinta Metros con Sesenta Centímetros Lineales (30,60 Mts.) con la parcela D-13 y la Av. Sur; y OESTE: En línea recta de longitud Treinta y Un Metros con Diez Decímetros Lineales (31,10 Mts.) con terrenos que son o fueron de la Sucesión Velásquez. Que le pertenece a la parte demandada según consta en documento de Parcelamiento debidamente Protocolizado por ante el Registro Público del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, en fecha Cuatro (04 ) de Noviembre de Mil Novecientos Noventa y Nueve (1999), quedando anotado bajo el Número 42, Protocolo Primero, Tomo III; así mismo se fijen los correspondientes carteles de notificación, se oficie lo conducente al Registro Inmobiliario respectivo, y una vez practicada la medida se remita el presente Despacho al Juez de la causa. Visto lo anteriormente expuesto por el Apoderado Judicial de la parte ejecutante, este Tribunal, con el debido asesoramiento del Práctico nombrado al efecto declara Embargado Ejecutivamente el inmueble y las Cuarenta y Seis Parcelas con las casas sobre ellas construidas, anteriormente descritas y señaladas, y lo pone en posesión de la Depositaria Judicial Oriente C.A, en su Representante Ciudadano Víctor Rivodo, anteriormente identificado, quien manifiesta recibirla en este acto para su guarda y custodia así mismo declaro desconocer las condiciones físicas internas de las mismas. En este estado el Perito Avaluador nombrado al efecto expone: las siguientes viviendas que a continuación describo presentan deterioro sin valor agregado en su obra civil, y estas son: A-1,A-13, C-2, C-5, y C-9, las siguientes viviendas presentan deterioro pero con valor agregado en sus obras civiles: A-3, A-7, A-15, A-14, A-9, A-10, B-1, B-6, B-8, B-10, C-1, C-3, C-4, C-6, C-11, C-12, C-13, C-14, C-15, C-17, C-18,D-3, D-4, D-5, D-7, D-8, D-10, D-11, D-12, D-13, y las viviendas a continuación nombradas no presentan deterioro aparente en su fachada, sino por el contrario presenta valor agregado en su obra civil, y estas son: A-4, A-6, A-19, A-20 y A-21, B-4, B-14, C-16, D-9 y D-14. Se deja constancia que el Peritaje se hizo únicamente a las fachadas de las viviendas nombradas anteriormente, ya que no se tuvo acceso al interior de ellas. Seguidamente el Tribunal acuerda oficiar al Registro Inmobiliario del Municipio Díaz de este Estado sobre la Medida practicada, se fijaron los respectivos Carteles de Notificación en la entrada principal del inmueble en cuestión y en cada Parcela Embargada. En cuanto a la remisión de la presente Comisión al Juez de la Causa se proveerá por auto aparte. Terminado el acto de traslado y cumplida la misión del Tribunal, acuerda regresar a su sede natural siendo las Cuatro Post- Meridiem (04:00 P.M). Terminó, se leyó y conformes firman, únicamente de los Notificados los Ciudadanos ROSARIO SUDANO MACHADO, Titular de la Cédula de Identidad V-5.385.982, (Parcela D-14) y JUAN CARLOS REINOSO CARUCI, Titular de la Cédula de Identidad V-12.690.545, (Parcela C-6).
La Juez Temporal,


Abg. Rosangel Moreno.


El Apoderado Judicial de la Parte Actora.

Por la Comisión Policial.


Los Notificados.








El Experto Práctico.


El Representante Judicial de la Depositaria Judicial Oriente C.A.


El
Perito Avaluador.

EL SECRETARIO TEMPORAL,

En la misma fecha se constituyó el Tribunal en su sede natural y se envió Oficio Número , al Ciudadano Registrador inmobiliario del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, conforme esta ordenado anteriormente, y Conste.
EL SECRETARIO TEMPORAL,

JOSÉ VILLARROEL DÍAZ