Porlamar, 21 de Mayo de 2009
199° y 150°
Visto el DESISTIMIENTO de fecha 13 de mayo de 2009, suscrita por la Apoderada Judicial de la parte actora, Abogado JESUS MEDINA BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 79.756, en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue contra la ciudadana BETTY DEL VALLE AGUILERA RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.542.766, domiciliada en la Calle Las Flores Casa s/n, en el sector Los Cocos, Jurisdicción del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme a lo dispuesto en los artículos 263, 264 y 266 del Código de Procedimiento Civil, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se da por terminado el presente expediente signado con el Nº 09-1193. En relación a la devolución de originales marcados con las letras A, B, D, E, F, G, H e I, este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, se ordena su devolución previa su certificación en los autos, que corre inserta a los folios 16, 18, 19, 23 al 55 ambos inclusives del presente expediente, para lo cual se autoriza suficientemente al ciudadano SIMÓN COLL, funcionario de este Tribunal, para retirar el expediente del archivo a tal fin y devolverlo y para que firme junto a la Secretaria de este Despacho todas las copias y su certificación. Cúmplase.-
EL JUEZ

Dr. MIGUEL MENDOZA LÓPEZ
LA SECRETARIA

ABG. ENMYC ESTEVES PAREJO
NOTA: En esta misma fecha se cumplió lo ordenado anteriormente. Conste.
LA SECRETARIA
MML/EEP/yurimar
Exp. Nº 09-1193