REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, 27 de mayo de 2009
199º y 150º
HOMOLOGACION DE TRANSACCION.
ASUNTO: VP01-L-2009-000726
PARTE ACTORA: CARLOS LAGUNA ESPINOZA, titular de la cédula de identidad: 14.718.527.
PARTE DEMANDADA Sociedad Mercantil VIGILANCIA Y TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS (VIGIBANCA)
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
Revisada como ha sido la transacción presentada, en fecha 13 de mayo del presente año, suscrita por el ciudadano CARLOS LAGUNA ESPINOZA, titular de la cédula de identidad: 14.718.527; debidamente asistido por el profesional del derecho abogado CARLOS RAMIREZ, Inpreabogado: 81.657, por una parte y por la otra la ciudadana abogada BETTY ALVAREZ, Inpreabogado: 13.940, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil VIGILANCIA Y TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS (VIGIBANCA). Todos amplia y suficientemente identificados en autos. Éste Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público; y por cuanto la Juez de este despacho, verificó que el ex trabajador actuó libre de constreñimiento; es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, se declara terminado el proceso y se ordena el archivo definitivo del expediente. Así se decide. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez
Mgs. Judith del Carmen Castro. El Secretario
Abog. Obert Rivas.
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