ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-002096
PARTE ACTORA: MAILIN OCHOA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GRACIANO BRIÑEZ
PARTE DEMANDADA: UNIDAD EDUCATIVA JOSE DIEGO MARIA RIVERA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA CIUDADANA ZOILA ESPERANZA SIERRA OJEDA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Viernes Veintiocho (28) de Noviembre de 2008, siendo las Tres y Cincuenta y Dos minutos de la tarde(3:52pm), se realizó continuación de la audiencia preliminar que se encontraba fijada para las Tres de la tarde (3:00pm), del día de hoy, en la que comparecieron a la misma las ciudadanas MAILIN OCHOA y ZOILA ESPERANZA SIERRA OJEDA, la primera de las nombradas en su carácter de parte actora, debidamente representada por su apoderado judicial Abogado GRACIANO BRIÑEZ ambos identificados en actas, y la segunda de las nombradas en su carácter de Presidenta de la UNIDAD EDUCATIVA JOSÉ DIEGO MARIA RIVARA parte demandada, carácter este que se identifica en acta constitutiva que obre en actas, debidamente asistida por la Profesional del derecho Ciudadana ROSA DE JESÚS RINCÓN RODRÍGUEZ identificada en actas, quienes una vez iniciada la audiencia preliminar y en los sucesivos actas de prolongación las parte intervinieron de manera objetiva en la defensa de sus derechos e intereses, en las que se hicieron propuestas y presentaron alternativas de solución al caso planteado, con la firme intención de llegar a un acuerdo, como efectivamente han llegado y que se especifica a continuación: La parte demandada mediante la representación judicial acredita en este acto, a manera de dar por terminado el presente procedimiento ofrece en cancelarle a la parte actora la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES FUERTES (BsF=15.000), para dar por satisfecho todos y cada uno de los conceptos laborales que reclama en el libelo de demandada, pago este que se efectuara de la siguiente manera: Un Primer pago por la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES FUERTES (BsF= 5.000) para ser cancelados el día Treinta (30) de Enero de Dos Mil Nueve; un segundo por igual cantidad para ser cancelados el día Veintisiete (27) de Febrero y un último pago por igual cantidad para ser cancelados el día Treinta y Uno (31) de Marzo del mismo año, dichos pagos han de realizarse por ante la unidad de recepción de documentos de este circuito judicial laboral, mediante cheques girados contra la entidad financiera BANCO PROVINCIAL de esta localidad y a nombre de la Ciudadana MAILIN OCHOA el cual deberá hacer acto de presencia para que reciba los pagos correspondientes. En este estado, visto el ofrecimiento de pago hecho por la representante de la parte demandada, y estando presente la parte actora ciudadana MAILIN OCHOA debidamente representada por su apoderado judicial identificado en actas; manifestó de manera voluntaria, libre de apremio y coacción estar de acuerdo con el ofrecimiento de pago hecho por la representación de la parte demandada y en los términos expuestos, manifestando de igual manera que una vez que reciba la totalidad de cantidad convenida, nada se le queda a deber por los conceptos laborales que demanda, ni por ningún otro concepto de tipo laboral que pudiera generarse por la relación de trabajo que mantuvo para con la demandada de autos. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada y se ABSTIENE de archivar el expediente hasta tanto no conste en actas el cumplimiento total de la obligación asumida por la representación de la demandada, y en caso de incumplimiento la misma se tendrá como de plazo vencido, lo que dará derecho a la parte actora de ejecutarla forzosamente, imputándosele los gastos de ejecución que pudieran acarrearse. Se deja constancia de la devolución de las pruebas a las partes que se consignaron al inicio de la audiencia preliminar.


El Juez

La Secretaria Accidental

Abog. Alfredo García López





Los Presentes