ACTA
No. DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-002522
DEMANDANTE: DOMINGO MORLES.
APODERADO DEL DEMANDANTE: Abog. ALFREDO SANCHEZ PRIRELA.
PARTES DEMANDADAS: SOCIEDADES MERCANTILES TRANSPORTE DE CARGA GONAR C.A. y CERVECERIA POLAR C.A.
APODERADO DE LA SOCIEDAD MERCANTIL TRANSPORTE DE CARGA GONAR C.A.: Abog. JESÚS ALEXANDER USECHE DUQUE.
APODERADA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL CERVECERIA POLAR C.A.: Abog. ANAPAULA RINCON.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy, 22 de mayo de 2009, siendo el día y la hora para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia de la comparecencia de las demandadas Sociedades Mercantiles TRANSPORTE DE CARGA GONAR C.A. y CERVECERIA POLAR C.A., representada por los ciudadanos Abogados JESÚS ALEXANDER USECHE DUQUE y ANAPAULA RINCON, en sus condiciones de Apoderados Judiciales de las mismas respectivamente (según consta de documentales que rielan anexas a las actas y que consignan el presente acto) y de la incomparecencia del demandante ciudadano DOMINGO MORLES, suficientemente identificado en actas, ni por sí, ni por medio de apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la República Bolivariana de Venezuela, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO el PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
Por último, se ordena agregar a las actas, el instrumento poder consignado en copia fotostática simple por la apoderada judicial de la codemandada CERVECERIA POLAR C.A., que acredita su condición de tal.
El Juez
Abog. SAMUEL SANTIAGO SANTIAGO
La Secretaria
Los Apoderados Judiciales de las demandadas Sociedades Mercantiles TRANSPORTE DE CARGA GONAR C.A. y CERVECERIA POLAR C.A.
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