REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARORA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Extensión Carora
Carora, 26 de marzo de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: KP11-P-2008-000191

REVISION DE MEDIDA CAUTELAR AMPLIACIÓN DEL REGIMEN DE PRESENTACIONES

Visto el escrito presentado por el Abg. Alexander Coronado, en su carácter de Defensor Privado del imputado Joao Xavier Da Silva Suárez, Cédula de Identidad Nº: 17.943.792, donde solicita que las presentaciones periódicas de su representado sean ampliadas, alegando que su defendido ha cumplido cabalmente con las presentaciones y ya ha transcurrido tiempo suficiente y el Ministerio Público no ha presentado acto conclusivo.
Este Tribunal de Control, luego de determinar que efectivamente, el imputado Joao Xavier Da Silva Suárez, Cédula de Identidad Nº: 17.943.792, asimismo como el imputado Omar Bernardo Landkoer Faustino, Cédula de Identidad Nº 17.621.658, se encuentran sometidos a una medida de presentación periódica impuesta en fecha 19-09-08, la cual está siendo cumplida con regularidad, según se desprende de la revisión del Juris 2000, y observándose que ha transcurrido tiempo suficiente para proceder a la revisión de la medida en cuestión, tal como lo señala el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que la solicitud de la Defensa es considerada procedente, estimando el Tribunal que extender el lapso de presentación resultaría prudente en resguardo de los derechos de los imputados. Por ello y con fundamento en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MODIFICA el régimen de presentación a favor de los Imputados Joao Xavier Da Silva Suárez, Cédula de Identidad Nº: 17.943.792 y Omar Bernardo Landkoer Faustino, Cédula de Identidad Nº 17.621.658, por lo que los mismos deberán presentarse cada sesenta (60) días ante el Tribunal, contados a partir de la próxima presentación que conste en el Sistema Juris 2000.
De igual manera, vista la renuncia de la Defensa del imputado Joao Xavier Da Silva Suárez, Cédula de Identidad Nº: 17.943.792 , Abg. Alexander Coronado, se acuerda librar oficio a la Coordinación de la Defensa Pública para que le asigne un Defensor Público Penal.

Líbrense Boletas de Notificación al Fiscal Octavo del Ministerio Público, a la Defensa y a los imputados. Líbrese Oficio a la Coordinación de la Defensa Pública para que le asigne un Defensor Público Penal al imputado Joao Xavier Da Silva Suárez, Cédula de Identidad Nº: 17.943.792.

Cúmplase y Regístrese.


Juez de Control Nº 12
Abg. Leila Beatriz Ibarra Rojas Secretaria Administrativa

ASUNTO: KP11-P-2008-000191. REVISION DE MEDIDA. 26-03-09.