REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE
EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Maracaibo, 18 de Marzo de 2009
198° y 150°


RESOLUCIÓN N° 167-09.- CAUSA 6E-285-06.-



Vista la Constancia emanada del Departamento de Ciencias Forense del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, de fecha 11-03-2009, mediante la cual informan que la penada ANA ESTELA RAMIREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.408.650, quien se encuentra gozando de la formula alternativa de Destino a Establecimiento Abierto o Régimen Abierto, amerita reposo de quince (15) días, por padecer de una Hemorragia uterina disfuncional; este Tribunal pasa a resolver y lo hace bajo las siguientes consideraciones:
Consta en actas que la referida penada fue condenada por el Juzgado Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial del estado Zulia, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFCIENTES Y PSICOTROPICOS.-
Asimismo, en fecha 20-12-2007, este Juzgado de Ejecución, le otorgo al penado ANA ESTELA RAMIREZ, como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena Destino de Establecimiento Abierto o Régimen Abierto, observándose que la mencionada penada ha venido cumpliendo con todas las obligaciones impuestas, es por lo que este Juzgador considera procedente en derecho OTORGAR a la penada ANA ESTELA RAMIREZ, PERMISO ESPECIAL a los fines de que cumpla el reposo médico prescrito por el Dr. Julio Cesar Vivas Gil, por padecer de Hemorragia uterina disfuncional, por un lapso de quince (15) días, comprendido desde el 12-03-09, hasta el 26-03-09, respectivamente; debiendo regresar la mencionada penada al Centro de Tratamiento “Lic. Alexandra Elias de Molina”, de esta ciudad el Viernes 27-03-09; quien se encuentra bajo la Supervisón de este Juzgado de Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE.-





DISPOSITIVA


Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR al penado ANA ESTELA RAMIREZ, titular de la Cédula de Identidad V-18.408.650, quien se encuentra gozando de la formula alternativa de cumplimiento de pena de Destino de Establecimiento Abierto o Régimen Abierto, el PERMISO ESPECIAL a los fines de que cumpla el reposo médico prescrito por el Dr. Julio Cesar Vivas Gil, por padecer de Hemorragia uterina disfuncional, por un lapso de quince (15) días, comprendido desde el 12-03-09, hasta el 26-03-09, respectivamente; debiendo regresar la mencionada penada al Centro de Tratamiento “Lic. Alexandra Elías de Molina”, de esta ciudad el Viernes 27-03-09, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 51 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Registrase la presente Decisión, igualmente ofíciese a la Medicatura Forense de esta Ciudad, a los fines de informarle que la mencionada penada comparecerá por ante esas Medicatura el día 26-03-09. Líbrese Boleta de Notificación a las partes y remítase con oficio al Departamento de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal del Estado Zulia y a la Medicatura Forense.-
EL JUEZ SEXTO DE EJECUCIÓN,



DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS
EL SECRETARIO,


ABG. RICHARD ECHETO MÁS Y RUBI

En la misma fecha se registró la presente Decisión bajo el Nº 167-09, se libraron los correspondientes oficios bajo los oficios N° 1.174, 1.175 y 1.176-09.-

EL SECRETARIO,



HCV/berta.-
CAUSA Nº 6E-285-06.-