REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 9 de Marzo de 2009
197° y 150°

Decisión N° 248-09 Causa N° 1C-136-07.-


La presente causa tuvo su inicio 07 de abril de 2007 cuando la Fiscalia Vigésima Cuarta del Ministerio Publico del Estado Zulia, presento al ciudadano DANNY FELIZZOLA SOLER por ante este Tribunal por el presunto cometimiento del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Contra el Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del Estado venezolano, ordenando en esa oportunidad, este despacho, el inicio de investigación por el procedimiento ordinario y acordando al imputado una medida cautelar sustitutiva de la privación de libertad de presentaciones periódicas ante el tribunal, de conformidad a lo establecido en el articulo 373 y numeral 3 del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal a criterio de esta Juzgadora no se hace necesario realizar Audiencia Oral, tal como lo establece el artículo 323 Ejusdem, en razón de que en la presente decisión serán emitidas las correspondientes boletas de notificación a los fines de que las partes ejerzan su derecho de recurrir a las instancias superiores, para el caso de considerarlo necesario. De lo antes expuesto, este Tribunal de Control previo a resolver observa:
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
En fecha trece (13) de agosto de 2008 se presento ante este despacho la ciudadana GLADYS MARGARITA MORALES SANCHEZ, titular de la cedula de identidad N° V-13.000.382, haciendo del conocimiento de este tribunal que el ciudadano DANNY JAVIER FELIZZOLA ISEA había fallecido en un accidente de transito en marzo de 2007 Del estudio minucioso y exhaustivo de las actuaciones que conforman la presente causa, se evidencia la comisión de un hecho punible, que en la presente causa ha se encuentra consignada copia certificada del ACTA DE DEFUNCION de quien en vida respondiera al nombre de DANNY JAVIER FELIZZOLA SOLER, emanada de la Dirección de Registro Civil de la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa, del Municipio Maracaibo, razón por la cual esta Juzgadora, considera procedente y ajustado a derecho, acordar el Sobreseimiento de la presente causa; de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 48 ordinal 1° Ejusdem. ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud Fiscal y en consecuencia, ORDENA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de DANNY JAVIER FELIZZOLA SOLER, por la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, cometido en perjuicio del Estado venezolano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 3° en concordancia con el numeral 1 del articulo 48° todos del Código Orgánico Procesal Penal, por muerte del imputado.
Regístrese la presente Decisión en el Libro respectivo. Notifíquese a las partes y remítase el expediente en su oportunidad legal correspondiente.

LA JUEZ,


SILVIA CARROZ DE PULGAR



LA SECRETARIA,


ABOG. MAGLENYS GONZALEZ

En la misma fecha se registró la presente decisión bajo el N° 248-09