REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 31 de Marzo de 2009.-
198º y 150º
Visto el escrito de solicitud de medida, presentado por la abogada en ejercicio LINNE ELBEN PINTO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 28.957, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, constante de tres (03) folios útiles.- Se le da entrada.- Fórmese pieza por separado numerada.- Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el articulo 22 de la Ley Sobre Venta con Reserva de Dominio, decreta MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO, dejándose a salvo los derechos de terceros, sobre un vehículo, MARCA: Chevrolet, AÑO: 2007, MODELO: Silverado, COLOR: Negro, PLACA: 69W-ABR, SERIAL DEL MOTOR: C7Z640680, SERIAL DE CARROCERIA: 1GCEC14J87Z640680, USO: Particular, dicho vehiculo le pertenece al ciudadano JUAN CARLOS GOMEZ ENMANUEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 13.512.162, según se evidencia de documento emanado de la Notaria Publica Décima Tercera del Municipio Libertador de la ciudad de Caracas, de fecha Veintiséis (26) de Octubre del año (2.007), quedando archivado bajo el Nro. 22.518.- Se deja constancia que la abogada en ejercicio LINNE ELBEN PINTO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 28.957, obra con el carácter de apoderada judicial de la parte actora.- Para la ejecución de la medida se comisiona suficientemente al ORGANO DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con facultades para tomar las medidas que considere necesarias para llevar a efecto la practica de la medida y en tal sentido se le faculta para nombrar y juramentar secuestratario judicial.- Líbrese despacho.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABOG. CARLOS RAFAEL FRÍAS.- LA SECRETARIA,
MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-
En la misma fecha se oficio bajo el número: _______-2009 y se libro despacho, quedando anotada la presente resolución bajo el número: ______.-
La Secretaria,
Maria Rosa Arrieta Finol.-
CRF/MRA/icv
CRF/ida.-
Exp. Nro. 12.481.-
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