En horas de despacho del día hoy JUEVES 26 DE MARZO DE 2009, siendo LAS 10:30 A.M., fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 4110-09 conferida por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 01, relacionada con el Juicio que por OBLIGACION DE MANUTENCION sigue YSMENIA ROSA ZAMBRANO contra YHOAN ENRIQUE ZAMBRANO VALECILLOS, titular de la Cédula de Identidad Número V-14.206.009 y donde este Tribunal ha sido comisionado para practicar medida de EMBARGO decretado por el tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la empresa PRODUCTORES AVICOLA ZULIA C.A. (PROAVE), se procedió a notificar a NANCY ALEMAN, titular de la Cédula de Identidad Número V-11.248.806, con el carácter de JEFE DE PERSONAL y quién una vez impuesto de la medida de embargo recaída en contra de YHOAN ENRIQUE ZAMBRANO VALECILLOS, como trabajador al servicio de esa empresa, expuso: ”Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: determinar si el Ciudadano YHOAN ENRIQUE ZAMBRANO VALECILLOS, parte demandada es trabajador al servicio de esta empresa.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: determinar sobre alguna acreencia a favor de la empresa PROAVE.- CUARTO: Si le han sido adelantadas Prestaciones Sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualquier otra circunstancia que derive en relación a lo antes expuesto. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA MEDIDA DE EMBARGO SOBRE: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del Sueldo, horas extras que devenga el demandado YHOAN ENRIQUE ZAMBRANO VALECILLOS como trabajador de la empresa PROAVE.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) De Utilidades, Bonificación de fin de Año, vacaciones, bono de transferencia, bonificación de fin de año.- C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) por concepto de Cesta Ticket.- D) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de Prestaciones Sociales, Antigüedad, Fideicomiso, Retroactivo, Cajas de Ahorro y cualquier otra cantidad que le puedan corresponder al reclamado en autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral. Y ASI SE CONFIRMA. Este Tribunal deja constancia que las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A”, “B” y “C” deberán ser entregados directamente a la reclamante de autos, Ciudadana YSMENIA ROSA ZAMBRANO, C.I. N° V-7.971.858 o remitirlas al TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 01 EXP. N° 13351 y las retenidas en el literal “D”, en Cheque de gerencia a nombre del mismo tribunal. Igualmente se hace saber al notificado que debe informar al Tribunal de la causa sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el demandado e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido Ciudadano. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TEMPORAL:




ABOG. ANGEL MONTERO ZAMBRANO EL NOTIFICADO:






LA SECRETARIA: