REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia


COMISION No. 4.246.-


En horas de despacho del día de hoy 27 de Marzo del año dos mil nueve, siendo las 11:35 am de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, en las Oficina del Instituto Municipal de Aseo Urbano (IMAU), ubicadas en la Zona Industrial del Municipio San Francisco Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA con motivo del juicio de COBRO DE BOLIVARES, sigue DAISY COROMOTO VILLEGAS, portadora de la Cédula de Identidad No. 9.766.587 contra el ciudadano ANGEL ENRIQUE ESCALONA QUINTERO, portadora de la Cédula de Identidad No. 7.976.112.- En este estado presente el ciudadano(a): JESUS CONTRERAS ACEVEDO, Titular de la Cédula de Identidad No. 3.381.403, quien se identificó con el carácter de: CONSULTOR JURIDICO.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, sobre los bienes muebles o Inmuebles propiedad de la parte demandada y el Abogado HOMERO ERAMON MONTILLA, inpreabogado No. 61.951, apoderado judicial de la parte actora, señaló para ser Embargadas las PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORROS Y FIDEICOMISO que le puedan corresponder al ciudadano ANGEL ENRIQUE ESCALONA QUINTERO, titular de la Cédula de Identidad No. 7.976.112, de la relación laboral que mantiene con el Instituto Municipal de Aseo Urbano (IMAU), ubicada en la Zona Industrial del Municipio San Francisco del Estado Zulia, todo hasta cubrir la cantidad de SEIS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. F 6.000,oo), que comprende el monto condenado a pagar por el Juzgado de la causa, más el cincuenta por ciento (50%) de dicho monto cantidad esta calculada prudencialmente por el Juzgado de la causa, para garantizar los Costo del proceso. La cantidad de dinero embargada por los conceptos arriba mencionados deberán ser depositada en la Cuenta Corriente No. 0098-330000000026 a nombre del JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- EXP-E-7237, en la Entidad Bancaria Banfoandes, a quien se designó depositario judicial de las cantidades de dinero a Embargar.- EL TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EMBARGADO EJECUTIVAMENTE. Las cantidades de dinero que por los conceptos de Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros y Fideicomiso que le puedan corresponder al demandado, hasta cubrir la suma anteriormente arriba señalada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- El Notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de esta Empresa, de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 11:40 AM.-

LA JUEZ:




EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO TEMPORAL: