REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 4.224.-
En el día de hoy, 11 de Marzo del año dos mil nueve, siendo las 10:40 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa P.D.V.S.A, ubicada en el Edificio Miranda, tercer piso, Avenida 28 La Limpia, Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. EXTENSION CABIMAS. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02. EXP: 2U-7663-08. Con motivo del Juicio de DIVORCIO seguido por la ciudadana MARIOLY JOSEFINA RIVAS MUÑOZ, portador de la Cédula de Identidad No. 7.857.812 en contra del ciudadano EUCLIDES AVELINOI LUNA QUINTERO, portador de la Cédula de Identidad No. 7.726.527.- En este estado presente el ciudadano (a): JESUS QUINTERO, titular de la Cédula de Identidad No 15.557.984, quién se identifico con el carácter de ASISTENTE DE GESTION. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado DECRETÓ MEDIDA DE EMBARGO, ordenando retener; PRIMERO: UN CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero por concepto de PRESTACIONES SOCIALES, FIDEICOMISO, que le puedan corresponder al demandado ciudadano EUCLIDES AVELINOI LUNA QUINTERO, portador de la Cédula de Identidad No. 7.726.527, como trabajador al servicio de la empresa PDVSA PETROLEOS S.A, para el momento del retiro del lugar de trabajo, por la causa que fuere. Las cantidades de dinero anteriormente descritas deberán ser retenidas por dicha empresa. Todo ello a los fines de garantizar los Bienes de la Comunidad Conyugal. SEGUNDO: A) UN VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de las cantidades de dinero por concepto del SUELDO O SALARIO, que le pueda corresponder al demandado ciudadano EUCLIDES AVELINOI LUNA QUINTERO, portador de la Cédula de Identidad No. 7.726.527, como trabajador al servicio de la empresa PDVSA PETROLEOS, S.A.- B) UN VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de las cantidades de dinero por concepto del BONO VACACIONAL Y UTILIDADES, que en el presente año económico y en todos los demás años siguientes, le pueda corresponder al demandado ciudadano EUCLIDES AVELINOI LUNA QUINTERO, antes identificado, como trabajador de la empresa PDVSA PETROLEOS, S.A.- Las cantidades a retener por los conceptos anteriormente descritos, deberán ser entregados directamente por ante la oficina administrativa de dicha empresa, a la ciudadana MARIOLY JOSEFINA RIVAS MUÑOZ, portadora de la Cédula de Identidad No. 7.857.812, una vez se vayan causando, debiendo remitir comunicación de lo efectuado.- ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionadas, ordenando retener los mismos.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 10:45 AM.-
LA JUEZ,
EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO TEMP:
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