En el día de hoy treinta y uno (31) de Marzo del año dos mil nueve (2.009), siendo las once y cincuenta 811.50 a.m) minutos de la mañana en horas de despacho, día y hora fijados por el tribunal para llevar a efecto la ejecución de la medida provisional de embargo decretada en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), seguido por ALCIRA HERRERA ORDOÑEZ en contra de JHONNY PEREIRA CAMARO, por ante el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, y para lo cual fue comisionado este tribunal. A señalamiento del apoderado judicial de la parte actora, abogado en ejercicio JOSE GREGORIO BRACHO, titular de la cedula de identidad Nº V..7.864.483 e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 47863,
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