En el día de hoy, dieciséis (16) de Marzo del año dos mil nueve (2009); siendo las Once y Quince (11:15) minutos de la mañana, en horas de despacho, día y hora fijados por el tribunal para llevar a efecto la ejecución de la medidas preventiva de embargo decretada en el juicio por COBRO DE BOLIVARES (Intimación) seguido por la SOCIEDAD MERCANTIL TRIANSA SERVICE, C.A (TRIANSERVICE); en contra de la Sociedad Mercantil Cementaciones Petroleras Venezolanas, S.A, por ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo y para lo cual fue comisionado este tribunal.- A señalamiento del apoderado judicial de la parte actora Abogado en ejercicio: Luis Hernán Fernández Finol, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 83.405, se traslado y constituyo este órgano ejecutor de medidas en la sede de la empresa Cementaciones Petroleras Venezolanas, S.A. (CPVEN) ubicada en la calle independencia, Sector Las Morochas, muelle CPVEN en ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia.-