REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

Despacho de Medida Nº 4744
En el día de hoy Veintiséis (26 ) de Marzo del dos mil nueve (2.009), siendo la(s) diez y cinco minutos de la mañana, se traslado y constituyo el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la empresa HIDROLAGO, ubicada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 01, con sede en Cabimas, en el Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana GOMEZ BENITEZ YENNIFER DEL VALLE, titular de la cédula de identidad N° V-16.471.648 en contra del ciudadano PETIT ROO DUVERQUI JOSE, titular de la cedula de identidad Nº V-17.189.518. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a) Karina Marcano, titular de la cédula de identidad Nº 12.862.228, en su condición de Secretaria. En este estado presente la ciudadana GOMEZ BENITEZ YENNIFER DEL VALLE, titular de la cédula de identidad N° V-16.471.648, asistida por la Defensora Pública Quinta (5º), designada para el Sistema de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, abogada PEGGY BUSTAMANTE DIAZ, expuso. Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida de embargo preventivo decretado por el juzgado de la causa.