REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA N° 4740
En el día de hoy diecisiete (17) de Marzo de 2.009, siendo las nueve y cuarenta minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la empresa Formarca del Municipio Lagunillas, ubicado en el Municipio Miranda del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida de Embargo Preventivo, decretada por el JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en los Puertos de Altagracia. En el Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION, seguido por la ciudadana FILOMENA ANTONIELLO FINOL, titular de la cedula de identidad Nº V-10.088.463 en contra del ciudadano ELI SAUL CHAVEZ GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.604.179, a favor de los niños yo adolescentes MELISA PIERINA PIETRANGELO Y MELINA ISABELA CHAVEZ ANTONIELLO. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano YESSICA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N°20.075.373, en su condición de recepcionista. En este estado presente la ciudadana FILOMENA ANTONIELLO, titular de la cedula de identidad Nº V- 10-088.463, asistida en este acto por el abogado en ejercicio MARIA IGNACIA AÑEZ, inscrito en el inpreabogado Nº 40.675, expuso: Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida de embargo preventivo decretado por el juzgado de la causa.