ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VH01-L-2002-000084.
PARTE ACTORA: BERNARDO AVILA.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: MARCOS DE JESUS CHANDLER MATOS.
PARTE DEMANDADA: FLAG INSTALACIONES S.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: GIKSA SALAS.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy,13 de Marzo de 2009, siendo las 2:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los abogados MARCOS DE JESUS CHANDLER MATOS, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano BERNARDO AVILA, y FLAG INSTALACIONES S.A, representada por la abogada GIKSA SALAS en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en este acto presente la apoderada judicial de la parte demandada, abogada GIKSA SALAS expone: “Para dar por terminada la presente causa presento ante este tribunal acuerdo transaccional constante de (03) tres folios útiles para que se de por reproducido en este acto mediante el cual ofrezco en este acto en nombre de la empresa FLAG INSTALACIONES S.A, la cantidad de CUARENTA Y OCHO MIL BOLIVARES (Bs.48.000) que serán distribuido en dos (02) partes CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000) a nombre del ciudadano BERNARDO AVILA y OCHO MIL BOLIVARES(Bs.8.000) a nombre del abogados MARCOS DE JESUS CHANDLER MATOS, por honorarios profesionales, en dos parte la primera en este acto por la cantidad de VEINTICUATRO MIL BOLIVARES (Bs.24.000), mediante un cheque de de gerencia número 33601800, contra el BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, a favor del ciudadano BERNARDO AVILA, por la cantidad VEINTICUATRO MIL BOLIVARES (Bs.24.000), y la segunda parte es decir VEINTICUATRO MIL BOLIVARES (Bs.24.000), para el día 30 DE MARZO DEL 2009 ante la OFICINA DE DE LA URDD DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL; en este acto estando presente el ciudadano BERNARDO AVILA, representado por el abogado MARCOS DE JESUS CHANDLER MATOS, expone:"Estoy conforme con los términos expuesto en el escrito transaccional el cual solicito que se de por reproducido en este acto y con lo expuesto en esta acta por cuanto con esta cantidad están satisfechos los conceptos demandado en el libelo de la demanda y manifiesto que en este actor recibo el cheque antes descrito, el tribunal a solicitud de las partes da por reproducido el acuerdo presentados por las partes. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
La Juez

El Secretario

Abg.Ana Avila





Los Presentes