REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL Y MERCANTIL ESTADO MONAGAS
MATURÍN, DIECISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
198º y 150º
Vista la solicitud de partición de bienes de mutuo acuerdo, realizada y presentada por los ciudadanos AURISTELA DEL CARMEN RUIZ y RICARDO JOSE RAMONCINI FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 4.363.045 y4.027.209, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio ANDRES MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.967, de este domicilio; se le dá entrada en el Libro de solicitudes bajo el N° 14.631, se admite y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con los artículos 12 y 788 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologación a la anterior solicitud en los términos y condiciones convenidas por las partes. Expídanse por Secretaría las copias certificadas solicitadas y entréguese a los interesados.-
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL.
LA SECRETARIA
ABOG. YOHISKA MUJICA
N° 14.631
TULA
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