REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 9 de Marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2008-001343
ASUNTO : NP01-P-2008-001343
Visto el escrito presentado por el Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público del Estado Monagas, Abg. JULIMER MARQUEZ MENDOZA, donde solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida contra CARLOS EDUARDO SALAZAR, en perjuicio de la ciudadana ODALIS DEL VALLE LARA VARGAS.
Quien decide, una vez revisadas y estudiadas las actas del presente expediente, para decidir considera lo siguiente: El hecho punible denunciado presuntamente ocurrió en fecha 27-02-2007, cuando la ciudadana Odalis del Valle Vargas, en una entrevista rendida en fecha 28-02-07 en el Instituto Autónomo de Policía Municipal, manifestó que su pareja llegó a su casa comenzó a decirle groserías, discutieron, la agarro por la cara causándole aruños, que después agarro una sábana y se la echó a cuello apretándola para matarla.
Sin embargo, observa este Tribunal que, sólo cursa en autos la denuncia interpuesta por la referida ciudadana, a quien se le ordenó la realización de un informe médico forense y la misma no acudió a realizárselo, ni se tomaron declaraciones a personas que constatarán lo antes expuesto; y por ello la representación fiscal, estimó que no existe para la fecha posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación y en consecuencia solicitó el sobreseimiento de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, criterio éste que, comparte este Tribunal, en consecuencia procede a decretarlo. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Fundamentado en los señalamientos expuestos anteriormente, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA SOBRESEIMIENTO en la causa seguida contra CARLOS EDUARDO SALAZAR, titular de la Cédula de Identidad número V-15.550.188, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Cúmplase. Dado, firmado, sellado y refrendado en la Sala del Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. En Maturín, a los Nueve (09) días del mes de Marzo del año Dos Mil Nueve (2009).
La Juez
ABG. SOPHY AMUNDARAY BRUZUAL
La Secretaria
ABG. MEIBIS RODRIGUEZ
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