REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, seis (06) de marzo de dos mil nueve (2009)


ACTA DE TRANSACCION

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-002672
PARTE ACTORA: ELEIDER BURGOS, cédula de identidad: 17.974.534.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YOMAIRA DOMINGUEZ, Inpreabogado: 120.809.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil SUMIPRESS, C.A.
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: REGINA ARANAGA y DAYIRA MONTERO, Inpreabogados: 18.137 y 110.727.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

Hoy, 06 de marzo de 2009, siendo las 2:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano ELEIDER BURGOS, titular de la cédula de identidad: 17.974.534, asistido por su apoderada judicial abogada YOMAIRA DOMINGUEZ, Inpreabogado: 120.809, en su condición de parte actora; y por la demandada Sociedad Mercantil SUMIPRESS, C.A., sus apoderadas judiciales abogadas REGINA ARANAGA y DAYIRA MONTERO, Inpreabogados: 18.137 y 110.727, quienes han llegado a un acuerdo por la cantidad de Bs.F. 7.000,00; por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el Libelo de Demanda que se dan por reproducidos, y que forman parte integrante de la presente acta; ambas partes con el objeto de ponerle fin a este proceso de total y mutuo acuerdo, han convenido la transacción de los pasivos laborales pendientes. El pago de lo transado se realizará mediante dos (02) cuotas cada una por la cantidad de Bs.F. 3.500,00; la primera se realiza en este acto mediante cheque número: 56954875, de fecha 06 de marzo de 2009, por la cantidad de Bs.F. 3.500,00, a favor de ELEIDER BURGOS, y en contra Banco Mercantil; y la segunda cuota a cancelar en fecha 16 de marzo de 2009, y por ante la URDD de este Circuito Judicial Laboral, a la 1:00 p.m. El Tribunal visto que el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA LA TRANSACCION y le imparte el carácter de Cosa Juzgada, pero se abstiene de archivar el expediente hasta que conste en actas el cumplimiento definitivo del acuerdo. Se deja constancia que han sido devueltas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Terminó, se leyó y conforme firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Esto todo.

La Juez
El Secretario


Mgs. Judith Castro de Mendoza
Abog. Ober Rivas



Las Partes.