REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, treinta y uno de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
HOMOLOGACION DE TRANSACCION.
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-001911
PARTE ACTORA: ALONSO ESPINOZA, titular de la cédula de identidad: 10.082.330.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARIA GABRIELA PUCHE, Inpreabogado: 89.838.
PARTE DEMANDADA: SEGUJOS C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DOUGLAS CAMARILLO C.A., asistido por el abogado Juan Pablo Uzcategui, Inpreabogado: 127.146.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
Vista la transacción presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Laboral, en fecha 20 de Marzo de 2009, suscrita por el ciudadano DOUGLAS CAMARILLO, en su carácter de gerente general de la demandada, asistido por el abogado JULIO UZCATEGUI, por una parte; y por la otra el ciudadano ALONSO ESPINOZA, parte demandante asistido por el profesional del derecho, abogado MARCELO MARIN, todos amplia y suficientemente identificados en autos. Este Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del ex trabajador, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, declara terminado el proceso y ordena archivar definitivamente el expediente. ASÍ SE DECIDE.
Se ordena entregar a las partes, las pruebas consignadas al inicio de la audiencia preliminar.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. Se ORDENA la publicación de la presente sentencia en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia, site del Estado Zulia, Maracaibo. Se ORDENA la inclusión de copia certificada de la decisión en el copiador de sentencias llevado por el Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Maracaibo, 31 días del mes de marzo de dos mil nueve (2.009).
La Juez El Secretario
Mgs. Judith del Carmen Castro. Abog. Ober Rivas.
JC/jc
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