REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Viernes Doce (12) de Enero de Dos Mil Siete
196º y 147º
ASUNTO : VP01-L-2006-001821

Vista la diligencia presentada por la accionante Ciudadana NIOVIS MARINA GUTIERREZ DUGARTE, asistida por el profesional del derecho VALMORE PARRA TORRES, ambos identificados en dicha diligencia, por medio del cual Desiste del procedimiento y de la acción; este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, considera que lo solicitado por la parte actora es la expresión voluntaria de ponerle fin al presente procedimiento y que el mismo se encuentra ajustado a derecho y no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, por lo que en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento solicitado, mas no la Acción, por cuanto es de orden público e irrenunciable de conformidad con lo establecido en el ordinal 2do. Del artículo 82 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y según criterio jurisprudencial de la sala Constitucional; por lo que se imparte aprobación al desistimiento del procedimiento, pasándolo en autoridad de cosa juzgada y declarando terminado el presente juicio, que por cobro de prestaciones Sociales sigue la ciudadana NIOVIS MARINA GUTIERREZ DUGARTE, en contra del Ciudadano ARIEL DE JESÚS BOHÓRQUEZ RINCÓN en su carácter de propietario de la Granja La Rosita, identificado en actas.

El Juez La Secretaria
Aboga. YASMELY BORREGO
Abog. ALFREDO GARCÍA LÓPEZ
















¨2006, Año Bicentenario del Juramento del Generalísimo Francisco de Miranda y de la Participación Protagónica del Poder Popular ¨