REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Miércoles Veinte (20) de Diciembre de Dos Mil Seis
196º y 147º
ASUNTO : VP01-L-2006-002441
Vista la diligencia presentada por la accionante Ciudadana NELSIBETH PÉREZ, asistida por la profesional del derecho ADRIANA PAOLA URDANETA MORALES, ambas identificadas en dicha diligencia, y que fuese recibida por este despacho de la coordinación de secretaría con fecha Diecinueve (19) Diciembre del presente año; por medio del cual Desiste del procedimiento y de la acción; este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento solicitado, mas no la Acción, por cuanto es de orden público e irrenunciable de conformidad con lo establecido en el ordinal 2do. Del artículo 82 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y según criterio jurisprudencial de la sala Constitucional; por lo que se imparte aprobación al desistimiento del procedimiento, pasándolo en autoridad de cosa juzgada y declarando terminado el presente juicio, que por cobro de prestaciones Sociales sigue la ciudadana NELSIBETH PÉREZ, identificada en actas.
El Juez La Secretaria
Aboga Alfredo García López Aboga. Yasmely Borrego
|