N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2006-001728
PARTE ACTORA: JORGE URRIETA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: SIN REPRESENTACIÓN
PARTE DEMANDADA: HERMANOS PAPAGALLO S.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NATHALIA ISABEL AÑEZ FINOL
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Viernes Díez (10) de Noviembre de 2006, siendo las Nueve y Quince minutos de la mañana (9:15am), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, mas no así de la parte demandada que estuvo representada en este acto por su apoderada judicial Abogada NATHALIA ISABEL AÑEZ FINOL, debidamente identificada en el instrumento poder que en copias simples constante de Seis (6) folios consiga para ser agregado al expediente, y que se confrontaron con las originales que tuvo a la vista el Ciudadano Juez de este Tribunal, en las cuales pudo constatar que dichas copias simples son fieles y exactas que cumple con los requisitos legales de otorgamiento y en consecuencia se certifican. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 y 196.



El Juez

La Secretaria

Abog. Alfredo García





La Presente