ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2006-000713
PARTE ACTORA: XIOMARA BRACHO AVENDAÑO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JAVIER ACEDO BRICEÑO
PARTE DEMANDADA: SUPER AREPA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU PROPIETARIO CIUDADANO ALEXIS GOMEZ LÓPEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, Catorce (14) de Diciembre de 2006, siendo las Tres de la tarde (3:00pm), oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano Abogado JAVIER ACEDO BRICEÑO en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, debidamente identificado en el instrumento poder otorgado por su representado tal y como consta en actas, por una parte y por la otra el Ciudadano ALEXIS GOMES LÓPEZ titular de la cédula de identidad N° V- 11.864.278, en su carácter de propietario de la demandada SUPER AREPA , debidamente asistido por la profesional del derecho Ciudadana DORCAS AÑEZ NAVA titular de la cédula de identidad N° V- 3.143.139 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 3.806, quienes una vez iniciada la presente audiencia y en los sucesivos actos de prolongación dónde las partes expusieron sus alegatos sobre la reclamación planteada en las que se escucharon propuestas y alternativas con la sola intención de llegar a un acuerdo, como efectivamente han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada con la representación acreditada en este acto ofrece pagarle a la parte actora la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES para dar por satisfecho todos y cada una de los conceptos laborales que reclama el accionante, pago este que se efectuará en dos partes, un primer pago por la cantidad de UN MILLÓN DE BOLIVARES (Bs1.000.000) el día Quince (15) de Diciembre de Dos Mil Seis y un último pago por la misma cantidad el día Viernes Veintinueve (29) de Diciembre del presente año, ambos pagos se realizaran en horas de despacho por ante la unidad de recepción de documentos de este circuito judicial laboral. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora Abogado JAVIER ACEDO BRICEÑO identificado en actas y con fundamento a las facultades conferidas, manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento hecho y en los términos expuestos. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada absteniéndose de archivar el expediente hasta tanto no conste en actas el cumplimiento total de la obligación asumida por la parte demandada, y en caso de incumplimiento la misma se tendrá como de plazo vencido lo que dará derecho a la parte actora de ejecutarla forzosamente con los gastos que ella acarrea. Se deja constancia de la devolución de las pruebas a las partes consignadas al inicio de la audiencia preliminar
El Juez
La Secretaria
Abog. Alfredo García López
Los Presentes
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