REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Jueves Dieciséis (16) de Noviembre de Dos Mil Seis
196º y 147º

ASUNTO : VP01-S-2006-000342

Vista la diligencia presentada por la parte actora Ciudadana MILAGROS MORALES ESTRADA, identificada en la presente solicitud de calificación de despido, debidamente asistida por el profesional del derecho NILSON VERGARA ABREU, igualmente identificado en dicho asunto; por medio del cual Desiste del procedimiento y de la acción; este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento solicitado, mas no la Acción, por cuanto es de orden público e irrenunciable de conformidad con lo establecido en el ordinal 2do. Del artículo 82 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y según criterio jurisprudencial de la sala Constitucional; por lo que se imparte aprobación al desistimiento del procedimiento, pasándolo en autoridad de cosa juzgada y declarando terminado el presente juicio, que por cobro de prestaciones Sociales sigue la ciudadana MILAGROS MORALES ESTRADA, identificada en actas.

El Juez La Secretaria

Aboga Alfredo García López Aboga. Fabiola Guerrero