REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Lunes Veintisiete (27) de Noviembre de Dos Mil Seis
196º y 147º

ASUNTO : VP01-L-2006-001685

Vista la diligencia presentada por la parte actora Ciudadano JOSE LUIS MORALES, debidamente asistido por la profesional del derecho FRANCIS REBECA CHAVÉZ VARGAS, identificados en dicho diligencia; por medio del cual Desiste del procedimiento y de la acción; este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento solicitado, mas no la Acción, por cuanto es de orden público e irrenunciable de conformidad con lo establecido en el ordinal 2do. Del artículo 82 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y según criterio jurisprudencial de la sala Constitucional; por lo que se imparte aprobación al desistimiento del procedimiento, pasándolo en autoridad de cosa juzgada y declarando terminado el presente juicio, que por cobro de prestaciones Sociales sigue el ciudadano JOSÉ LUÍS MORALES, identificado en actas.

El Juez La Secretaria

Aboga Alfredo García López Aboga. Fabiola Guerrero
















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintisiete de noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : VP01-L-2006-001685



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El Juez




Abog. Alfredo García