ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-S-2006-000137
PARTE ACTORA: DANIEL AVILA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ASISTIDO POA LA PROCURADORA ESPECIAL DE TRBAJADORES ABOGADA
PARTE DEMANDADA: JANNY DE LOS ANGELES GODOY MORENO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROSSANA MEDINA
MOTIVO: CONSIGNACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Viernes Dieciséis (16) de Junio de 2006, siendo las Once Quince minutos de la mañana (11:15am), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos DANIEL AVILA y CHEVRON GLOBAL TECHNOLOGY SERVICES COMPANY en su carácter de parte oferida y ofertante respectivamente, asistida la primera por la procuradora especial de trabajadores Abogada JANNY DE LOS ANGELES GODOY MORENO y la segunda por la Abogada ROSSANA MEDINA, debidamente identificadas en las actas del expediente, quien una vez impuesto a la parte oferida el motivo de la audiencia, manifestó libre de apremio y coacción estar de acuerdo con el pago consignado a manera de oferta real por la cantidad de CINCUENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs51.530.653, 66ctms), cantidad esta que se encuentra depositada en la entidad financiera BANFOANDES de esta ciudad de Maracaibo del estado Zulia, aperturada a través de cuenta de ahorro a favor del Ciudadano DANIEL AVILA , y que para tal efecto se ordena le sea entregada dicha cantidad de dinero, oficiándose para ello a la unidad de control de consignaciones de este circuito judicial laboral. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley orgánica Procesal, da por concluido el proceso.


El Juez

El Secretario

Abog. Alfredo García





Los Presentes