REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Cinco (5) de Mayo de Dos Mil Seis
196º y 147º
ASUNTO : VP01-S-2006-000077
Vista la diligencia presentada por el ciudadano OSWALDO IGNACIO OLLARVES PAREDES, parte actora en el presente juicio, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio CARLOS ARAUJO MÉNDEZ, por medio del cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO. Este tribunal para decidir sobre su HOMOLOGACIÓN, lo hace previo las consideraciones siguientes: Observa este juzgador que en las actas que integran el expediente, corre inserto acuerdo TRANSACCIONAL suscrito por la parte actora y demandada, en las que se concedieron mutuas peticiones y que ambas estuvieron conforme, en virtud de ello, y con fundamento a los principios procesales que rige el nuevo procedimiento laboral, en las que las partes libremente disponen del proceso, siempre y cuando no se transgredan normas de orden, considera este juzgador que el DESISTIMIENTO solicitado por la parte actora reúne los requerimiento de ley, y no atenta contra normas de orden público, por lo que se HOMOLOGA, impartiéndole su aprobación, y pasándolo en autoridad de cosa juzgada y consecuencia declarando terminado el presente procedimiento, que por calificación de despido sigue el ciudadano OSWALDO IGNACIO OLLARVE PAREDES, identificado en el presente asunto, en contra de la empresa mercantil SAMPER & FORTUNATO S.R.L., ordenándose el archivo del expediente

El Juez
Aboga. Alfredo García López La Secretaria
Aboga. Fabiola Guerrero