TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, Nueve (09) de febrero de Dos Mil Nueve
198º y 149º
ASUNTO: VP01-L-2009-000213
Se dio por recibida el día Cuatro (04) de marzo de 2009, diligencia constante de Acta Transaccional celebrada entre las partes intervinientes en la presente causa, para resolver el Tribunal observa: Revisada como ha sido la transacción presentada, por los Ciudadanos BETTY ALVAREZ DE HOSEIN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 13940, en su carácter Apoderado de la Empresa VIGILANCIA Y TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS, C.A. (VIGIBAN, C.A.), por una parte, y por la otra los Ciudadanos FERNANDO ENRIQUE PRIETO ROSALES y FREDDY EDUARDO PEREZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.278.055 y V-12.441.071 respectivamente, asistido por los Abogados en ejercicio MANUEL AGUILAR y MARINA HERRERA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nos. 24.100 y 113.448, donde se cancela: al EX TRABAJADOR FERNANDO ENRIQUE PRIETO ROSALES, la cantidad de TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS BOLIVARES CON CUARENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 3.836,43), mediante cheque numero 00036356 de fecha 27 de febrero de 2009, girado contra el Banco Occidental de Descuento; al EX TRABAJADOR FREDDY EDUARDO PEREZ, la cantidad de QUINCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES CON SESENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 15.468,61), mediante cheque numero 00036356 de fecha 27 de febrero de 2009, girado contra el Banco Occidental de Descuento; Este Tribunal una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la presente transacción y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada. Este Tribunal da por terminado el presente asunto, y se ordena el archivo definitivo del expediente. Así se Decide.-
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Abg. Marianela Bravo.
La Jueza
La Secretaria
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