TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, cinco (05) de marzo de Dos Mil Nueve
198º y 149º
ASUNTO: VP01-L-2009-00126
Se da por recibida el día trece (13) de febrero de 2009, diligencia constante de Acta Transaccional, para resolver el Tribunal observa: Revisada como ha sido la transacción presentada, por el ciudadana MARY FLOR RIVAS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad No. V-10.450.276, asistido por el abogado HECTOR DANILO DUARTE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 26.073 por una parte, y por la otra el Ciudadano ABDULLAH ASSLAN SANJIAN, titular de la cédula de identidad No. V-11.885.541, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil BON BINI EXPRESS, C.A., asistido por el Abogada en ejercicio TANIA ASSLAN CHEIKI, titular de la Cedula de Identidad Nº V-16 .081.145 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 115.104, donde se cancela al trabajador la cantidad de SEISCIENTOS SETENTA BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 670,00), mediante Cheque de Gerencia Nº 03596282 emitido el 16 de Diciembre de 2008 a nombre de OSVALDO AVILA contra la Cuenta Corriente 01160199522120210100 del Banco Occidental de Descuento. Este Tribunal una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la presente transacción y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada. Se ordena el archivo del expediente y vista la solicitud efectuada por las partes se ordena expedir copia certificada de la mencionada transacción así como de la presente resolución que la homologa. Este Tribunal da por terminado el presente asunto, y se ordena el archivo definitivo del expediente. Así se Decide.-
Abg, MARIANELA BRAVO
La Jueza
Abg. BRIJAIDA GOMEZ
La Secretaria
En la misma fecha siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.) se dictó y publicó en fallo que antecede.-
Abg. BRIJAIDA GOMEZ
La Secretaria
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