ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-002180
PARTE ACTORA: DEYSY BOHORQUEZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: BENITO VALECILLOS
PARTE DEMANDADA: PERFUMERIA CANAIMA Y EMIRO CASTELLANO
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Edgar Manucci
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,24 de Marzo de 2009, siendo las 2:11 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos DEYSY BOHORQUEZ PERFUMERIA CANAIMA Y EMIRO CASTELLANO en su carácter de parte actora y co-demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la parte demandada ofrece la cantidad de nueve mil Bolívares fuertes (Bs.F. 9.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le serán entregados a la ciudadana trabajadora de la siguiente manera: el día cinco (5) de mayo de 2009 la cantidad de dos mil Bolívares fuertes ( Bs.F. 2.000,00) y para los días quince ( 15) de Junio de 2009, veinticinco (25) de Julio de 2009, treinta y uno (31) de Agosto de 2009 la cantidad de dos mil Bolívares fuertes ( Bs.F. 2.000,00) y para el día treinta (30) de Septiembre de 2009 a la cantidad de mil Bolívares fuertes (Bs. F. 1.000,00) en este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas en el presente proceso.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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