ACTA
No. DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-000409
DEMANDANTE: ISBELIA TELLO (EN SU CONDICIÓN DE PROGENITORA Y BENEFICIARIA DEL CIUDADANO RONY ADRIANZA).
APODERADO DEL DEMANDANTE: Abog. RAMON MELENDEZ.
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL SERENOS MOLERO C.A.
APODERADO DE LA SOCIEDAD MERCANTIL SERENOS MOLERO C.A.: Abog. GERARDO ECHETO.
MOTIVO: INDEMNIZACIONES POR MUERTE DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO.
En el día hábil de hoy, 31 de marzo de 2009, siendo el día y la hora para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia de la comparecencia de la demandada Sociedad Mercantil SERENOS MOLERO C.A., representada por el ciudadano Abogado GERARDO ECHETO, en su carácter de Apoderado Judicial de la misma (según consta de documental que consigna el presente acto) y de la incomparecencia de la demandante ciudadana ISBELIA TELLO, suficientemente identificada en actas, ni por sí, ni por medio de apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la República Bolivariana de Venezuela, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO el PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
Por último, se ordena agregar a las actas, el instrumento poder consignado por la representación de la parte demandada, que acredita su condición de tal.
En este estado tomó la palabra la representación de la parte demandada y expuso: "Para fines que me interesan solicito al Tribunal se sirva devolverme el original del instrumento poder que en nombre de mi patrocinada consigno en el presente acto, previa su certificación en actas. Juro la urgencia del caso".
Vista la anterior solicitud, este Juzgado provee de conformidad y acuerda la devolución de la instrumental solicitada, previa su certificación en actas, por lo que autoriza a la ciudadana ANGELICA MORALES en su carácter de Asistente adscrita al mismo, para que elabore las copias fotostáticas simples que han de certificarse, las confronte con sus originales y por ende proceda al desglose del documento en cuestión. CÚMPLASE.
El Juez
Abog. SAMUEL SANTIAGO SANTIAGO
La Secretaria
El Apoderado Judicial de la demandada Sociedad Mercantil SERENOS MOLERO C.A.
|