REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 3 de marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO: VP01-L-2008-000415
AUTO
Vista el acta que antecede, redactada, presentada y suscrita por las partes en la presente causa (demandante y demandada), vale decir, por el demandante ciudadano EDWIN ZARCO, titular de la Cédula de Identidad No. 25.191.516, debidamente asistido por el ciudadano Abogado RODOLFO HAYDE, y la ciudadana Abogada GLADIS GUERRERO DE NOEL, obrando en su carácter de Apoderada Judicial de la demandada Sociedad Mercantil GRUPO DE INVERSIONES Y SERVICIOS C.A.; contentiva del Convenimiento celebrado por las mismas con la finalidad de poner fin al presente procedimiento, este Tribunal procede de inmediato a HOMOLOGAR la misma por no ser contraria al orden público y por no violar derechos irrenunciables del prenombrado trabajador, dándole el carácter de COSA JUZGADA.
Se ordena el archivo definitivo del expediente contentivo de la presente causa.
El Juez
Abog. Samuel Santiago Santiago
La Secretaria