N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-000992
PARTE ACTORA: RUBEN VASQUEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARINA HERRERA
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS CARIN, S.A y DUCOLSA C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: AUDIO PACHECO
MOTIVO: PRESTACIONES SOIALES


En el día hábil de hoy, 31 de Marzo de 2009, siendo las 2:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos abogada MARINA HERRERA actuando en su condición de apoderada judicial del ciudadano RUBEN VASQUEZ y el abogado AUDIO PACHECO actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS CARIN, S.A, se deja constancia que la sociedad mercantil DUCOLSA C.A no compareció a la prolongación de esta audiencia, quienes han llegado al siguiente acuerdo la representación judicial de la demandada CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS CARIN, S.A ofrece cancelar la cantidad de Tres mil bolívares (bsf 3.000,00) los cuales serán cancelados el día 14 de Abril del presente año, la representación judicial de la parte actora manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfecha las pretensiones del trabajador y los conceptos reclamados en el libelo de la demandada , vistas las exposiciones y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo . Este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes.

El Juez

El Secretario

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes