Comparece ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Zulia, el ciudadano IGNACIO JOSÉ LOPÉZ LAGUNA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V.- 4.708.740, y domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistido por el Abogado en Ejercicio ALFREDO AMAYA, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 51.624, quien expuso: Solicito se oficie al Archivo Judicial Cabimas del Estado Zulia, a los fines de que devuelva a este Despacho dignamente representado por usted, la solicitud signada con el número SOL-2U-2868-08, el cual fue remitido bajo el legajo No. 40, pagina No. 01, con oficio No. 0922-09, de fecha 07/05/2009, con la finalidad de seguir cursando la presente causa… (Sic)”
Por auto de fecha dos (02) de Junio de 2009, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud, ordenándose la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia.
Consta en actas Notificación de la Fiscal del Ministerio Público, debidamente firmada.
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