Comparece ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Zulia, la ciudadana MARLENE ANTONIA MINDIOLA DE MIQUILENA, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cedula de identidad No. V.- 4.704.560, y domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistida por el Abogado en Ejercicio ANGEL CHAVEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 18.746, quien expuso: Solicito a este Despacho, oficie al Director del Archivo Judicial de esta Ciudad de Cabimas, a los fines de que remitan a este Tribunal la solicitud No. 2U-828-04, la cual fue remitida a ese Despacho el día 22 de Abril de 2008, en el Legajo No. 16, oficio 597-08, Nro. 01. La presente solicitud, la formulo ya que, en dicho expediente este Órgano Jurisdiccional dicto sentencia y estoy necesitando con urgencia copia certificada de la misma, para fines legales de mi interés… (Sic)”
Por auto de fecha tres (03) de Junio de 2009, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud, ordenándose la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia.
Consta en actas Notificación de la Fiscal del Ministerio Público, debidamente firmada.
|