Comparece ante este Tribunal la ciudadana CHIQUINQUIRA DEL RESARIO BASTIDAS GARCIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.949.850, asistida por el Abogado en ejercicio RAFAEL APONTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 12.584, quien expuso: “….Solicito a este digno Tribunal se sirva oficiar al Archivo Judicial de la circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, a fin de que remita a este Despacho el expediente No. 2U-8300-09, seguido por los ciudadanos CHIQUINQUIRA BASTIDAS GARCIA y MANUEL COLINA CHIRINOS, contentivo del Juicio de INDEMNIZACION, el cual le fue enviado para su archivo en fecha Siete (07) de Mayo de 2009, según oficio No. 0922-09, legajo No. 53…”
Por auto de fecha Veintisiete (27) de Mayo de 2009, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud ordenándose la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia, la cual no hizo oposición alguna.