REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, 01 de Junio de 2009
199° y 150°
En el día de hoy, Primero (01) de Junio del año Dos Mil Nueve, día y fecha fijado y acordado para llevar a efecto este acto, y siendo las diez de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María Semprún, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento de la ciudadana Ejecutante: LUZMAY JOSEFINA VILLASMIL PRIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 15.434.366, debidamente asistida en este acto por la Defensora Pública Primera para el Área de Protección del niño, niñas y adolescentes, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ABG. MARIA SUAREZ, en la Empresa LACTEOS SANTA BARBARA, ubicada en la calle prolongación 5 de la población y Parroquia Santa Bárbara de Zulia, Municipio Autónomo Colón del Estado Zulia, a los fines de practicar MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO de cualquier cantidad de dinero, salario o remuneración de que disfrute el Ejecutado JUAN CARLOS BRIÑEZ, TITULAR DE LA Cédula de Identidad N°. 17.186.304, hasta cubrir la cantidad de CIENTO SESENTA BOLIVARES (Bs. 160,oo) mensuales, por concepto de manutención, que deberán ser deducidas de su sueldo mensual, más la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,oo), por concepto de pensiones manutención atrasada, los cuales se le descontaran de su salario mensual en ocho cuotas de CIEN BOLIVARES (Bs. 100,oo); cada una el cual como se evidencia en actas no ha cumplido con lo convenido por las partes: Así mismo se decreta embargo de la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,oo) para sufragar los gastos en época de navidad y fin de año, así mismo el embargo del (20%) de las prestaciones Sociales, las cuales se les descontaran al Ejecutado de lo que perciba en caso de despido, retiro, muerte o cualquier causa que dé por terminada su relación laboral como obrero en la Empresa Lácteos Santa Bárbara, y la cantidad de CIENTO CUARENTA BOLIVARES (Bs. 140,oo) del bono vacacional, según lo ordenado en el Expediente signado con el N°.08-2.617 por el Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en la población de Santa Bárbara de Zulia, para lo cual fue suficientemente comisionado este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas. Esta Jurisdicción ubicada en la Oficina de Recursos Humanos de esta Empresa procede a notificar de la misma a la ciudadana: Ingeniero Leidimar Rincón L., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 16.165.862, quién manifestó al Tribunal ser la Jefe de Recursos Humanos de la misma. Esta Jurisdicción Administrando Justicia EN NONBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, declara: EMBARGADOS EJECUTIVAMENTE los conceptos Ut-Supra identificados, según lo ordenado por el Tribunal de la causa. Dichas cantidades de dinero deberán ser remitidas en CHEQUE DE GERENCIA a nombre del Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ubicado en la Avenida 8, calle 12 de la población y Parroquia Santa Bárbara de Zulia, (Antiguo Ateco), al lado del Comando de la Guardia Nacional. Enmendado: Deberán. Vale. Siendo las Diez y cuarenta minutos de la mañana, se dio por cerrado el acto, en Santa Paz. Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
La Ejecutante y su Abogada Asistente,
La Notificada,
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, 01 de Junio de 2009
199° y 150°
Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado comitente, mediante Oficio. Cúmplase.-
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
El secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
En la misma fecha conforme a lo ordenado se devuelve, constante de siete (07) folios útiles, mediante Oficio número 6150-061.-
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
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