REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

Comisión: Nº 4805
En el día de hoy veintinueve (29) de Junio de Dos mil nueve (2009), siendo las diez y treinta minutos de la mañana, presentes en el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, MIRANDA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, el ciudadano GUSTAVO MARTIN TORRES PALACIOS, titular de la cedula de identidad Nº v. 7.863.490, en su condición de Alcalde del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia y el Sindico Procurador de la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, abogado JOSE LUIS OLDENBURG PAZ, titular de la cedula de identidad nº 4.161.599, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio NEILA MARTINEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 51.621, expusieron: Consignamos en este acto certificación del acta de sesión extraordinaria Nº 32 de fecha 03 de diciembre de 2008, constante de diez (10) folios útiles, donde se juramenta al ciudadano Gustavo Torres, como alcalde del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, para el periodo 2008-2012; y Copia Certificada del acta de sesión Nº 43 de fecha 07 de Septiembre de 2005, constante de catorce (14) folios útiles, donde se nombra al abogado JOSE LUIS OLDENBURG PAZ, como Sindico Procurador de la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia. Así mismo en el día de ayer veintiocho (28) de junio de dos mil nueve (2009), la alcaldía del Municipio a la cual represento, hizo la entrega material del inmueble donde funcionaba la sede conocida como la antigua escuela Miguel Ángel Granados la cual previamente ha sido inspeccionada por representante de la empresa PDVSA, encontrándose al momento de la entrega en buenas condiciones de funcionamiento y mantenimiento, en su paredes, techos, pisos, instalaciones de aguas blancas, negras, áreas verdes, cerca perimetral, banco de transformadores y otras mejoras y bienhechurias, detalladas en acta de entrega constante de tres (03) folios útiles, que ambas partes suscriben en señal de conformidad, quedando la empresa PDVSA, en posesión del inmueble, desde el día de ayer y formalizamos dicha entrega en el día de hoy por ante este Tribunal. En este estado presente el abogado JESUS ORTIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 50.636, en su condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A, según consta, expuso: Consigno en este documento poder, constante de tres (03) folios útiles, para demostrar mi carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A. Igualmente, acepto la entrega voluntaria del inmueble antes mencionado, así mismo solicito al tribunal ejecutor se sirva remitir el despacho de medida al juzgado de la causa con sus resultas.