JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
La Asunción 02 de Junio de 2.009.-
199° y 150°.-

Vista la presente causa, que por RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana, HILDA MARIA LUNA DE ROSAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.387.048, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio TEODORO JAVIER ROJAS HIDALGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.307, y por cuanto este Tribunal considera que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho. En la referida solicitud, la ciudadana anteriormente identificada, pide ante este Tribunal, mediante el presente procedimiento, la rectificación de la respectiva Acta de Nacimiento de su hijo “JOSÉ DAVID”. El error denunciado por la solicitante consiste en que, al momento de asentar su nombre, en la respectiva Acta de Nacimiento, se transcribió como ” ELDA”, cuando lo correcto es, “HILDA”, evidenciándose en dicha Acta de Nacimiento un error material de trascripción del nombre. Para los efectos probatorios, la solicitante presentó, copia Certificada del Acta de Nacimiento con la respectiva nota marginal, copia del poder otorgado, que correcto es: “HILDA MARÍA”, Probado como ha sido lo alegado por la solicitante y vista la obviedad del error material denunciado que no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Partida de Nacimiento, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma SUMARIA, al Registro Civil del Municipio Arismendi y Registrador Principal del Estado Nueva Esparta, estampar la debida Nota Marginal en el Acta de Nacimiento del hijo de la solicitante, ciudadano “JOSÉ DAVID”, ya identificado, que corre inserta en el Acta N. 116, folio vuelto del 61, del Registro Civil de Nacimientos correspondiente al año 1964, a fin de que se escriba correctamente El NOMBRE, de la mencionada solicitante, como lo es: “HILDA MARÍA LUNA DE ROSAS”. Así se Decide.-
Expídase por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y de esta decisión a la parte interesada y envíense las que sean menester a las autoridades Civiles competentes, mediante oficio, a los fines de estampar la Nota Marginal correspondiente. Cúmplase, una vez conste en autos la consignación de las copias simples a certificar.-