REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Nueva Esparta
ASUNTO: OP02-V-2008-000050
ACTA DE ACUERDO CONCILIATORIO
Siendo las 9:00 am del día de hoy, veinticinco (25) de junio de 2009, comparecieron previa notificación, los ciudadanos FRANK ALEXANDER ACUÑA ESPINOZA y GERARDA EMILIA ROJAS SALAZAR, titulares de las cédulas de identidad Nos V-11.853.548 y V-12.225.214, respectivamente en el presente Asunto de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, debido a la solicitud formulada por el ciudadano FRANK ACUÑA en fecha 18 de junio de 2009, en cuanto a la garantía del derecho a la salud del niño (IDENTIDAD OMITIDA de conformidad con el artículo 65 LOPNNA). Se deja constancia que en este estado se incorpora la Lic Maria Teresa Tovar, miembro del equipo multidisciplinario y la representación Fiscalía del Ministerio Público, abogada Carmen Cueto. En tal sentido, las partes llegaron al siguiente acuerdo: “La madre se compromete a viajar con el niño a la ciudad de caracas el día 09 de julio de 2009, a los fines de garantizar su derecho a la salud, asistiendo a los diferentes médicos especialistas, tales como: médico ortopédico - artrofia, urólogo y fisiatra, para lo cual el padre del niño se compromete a depositar en la cuenta ahorro del Banco Provincial, a nombre de la ciudadana GERARDA ROJAS, la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs 1.000,00). Queda entendido entre las partes que los reembolsos que ocasionen las consultas y gastos médicos en general, serán enviados a la Dirección de Recursos Humanos de la Gobernación del estado, para su depósito en la cuenta abierta en BANFOANDES de ahorro N° 0007-0111-45-0010003499, a nombre de la madre, ciudadana GERARDA ROJAS. Así también se comprometen las partes una vez realizado el viaje por motivos médicos, consignar ante el tribunal de la causa los informes y gastos realizados. Es todo. En consecuencia, de conformidad con el contenido de los artículos 365 y 366 de la LOPNNA, esta Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley H O M O L O G A en todos y cada uno de sus términos el acuerdo llegado en esta misma fecha. Cúmplase.
La Jueza
Liz Verónica López
Los Asistentes
La Secretaría
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