REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
MARACAIBO, 25 DE JUNIO DE DOS MIL NUEVE.
199º y 150º
ASUNTO: VP01-L-2008-002371.
Recibida el día de hoy la presente acta transaccional de fecha Dieciséis (16) de Junio de 2009, constantes de cuatro (04) folios útiles, la cual se da por reproducida en esta acta, para resolver el Tribunal observa: revisada como ha sido la transacción realizada, por la Sociedad Mercantil VIVERES DE CANDIDO C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha dieciocho (18) de Junio de 1981, bajo el Número 81, Tomo 17-A, con domicilio en la Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia; representada en este acto por la ciudadana ALBA SANTELIZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el número 46.694, domiciliada en la Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia; parte demandada en este acto, y el ciudadano ANGEL SEGUNDO VALERO MORÁN , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-17.460.634, de igual domicilio, asistido en este acto por el Abogado en ejercicio LUIS VALERO MORÁN, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el número 108.561; en la cual la parte actora ciudadano ANGEL SEGUNDO VALERO MORÁN, antes identificado, intento demanda por accidente de trabajo y otros conceptos laborales, por la cantidad de SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TRES BOLIVARES CON CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs.76.403,49), contra la Sociedad Mercantil VIVERES DE CANDIDO C.A., encontrándose la presente causa en fase de Mediación y en vista que la parte demandada ofrece cancelarle a el trabajador la cantidad de VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.21.800,00), que fue pagada en el acto mediante Cheque de Gerencia número 03630706 de fecha nueve (09) de Junio del 2009, a la orden del ciudadano ANGEL VALERO, del Banco Occidental de Descuento, donde la parte actora acepta en todo y cada una de sus partes el acuerdo realizado con la demandada, libre de constreñimiento o coacción alguna; es por lo cual este Tribunal visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentado por las partes, se le imparte el carácter de cosa juzgada y se ordena el archivo del expediente.
La Juez
Dra. Ana Avila.
El Secretario.
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