REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, Dos (02) de Junio de 2009
199º y 150º
EXPEDIENTE Nº VP01-L-2009-001255
De una revisión exhaustiva se observa que la demanda que encabeza la presente causa esta dirigida al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Oficina de recepción y distribución de documentos de Maracaibo del Estado Zulia, y por cuanto la misma se trata de un asunto relacionado con daños y perjuicios de naturaleza civil y no laboral, este Tribunal se declara incompetente por razón de la materia para conocer del presente caso y acuerda su remisión inmediata al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia que por distribución corresponda. Remítase con oficio.
EL JUEZ
CARLOS SILVESTRI EL SECRETARIO
MERVIN NAVARRO
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
El Secretario.