REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, Diecisiete (17) de Junio de 2009
199º y 150º
EXPEDIENTE Nº VP01-L-2009-000648
ACTA DE DESISTIMIENTO
PARTE ACTORA: PABLO ANDRES CASTELLANI POZO (NO COMPARECIÒ.) APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (NO COMPARECIÒ), PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil CONSTRUCA, C.A.; APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDA: JOEL RODRIGUEZ, (Compareció); MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES. En el día de hoy Diecisiete de Junio de 2009, siendo las dos y treinta minutos de la tarde , fecha y hora fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar previa verificación de los lapsos procesales por secretaría y realizado el anuncio de Ley por el Alguacil de este Circuito Laboral, el ciudadano Juez Mediador deja constancia de la comparecencia de la parte demandada a través de su Apoderado Judicial el Profesional del Derecho JOEL RODRIGUEZ, de la misma forma se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante y de su Apoderado Judicial, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: El desistimiento del procedimiento debido a la no comparecencia del demandante PABLO ANDRES CASTELLANI POZO, ampliamente identificado en actas, y en consecuencia declara terminado el proceso. Publíquese, Regístrese, Archívese y déjese copia certificada. De la misma forma se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Zulia htt://zulia.tsj.gov.ve/.Se levantó la presente acta a las tres de la tarde, la cual firman:
EL JUEZ
CARLOS SILVESTRI
EL SECRETARIO
MERVIN NAVARRO
EL APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA.
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