REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 30 Junio de 2.009.-
199° y 150°
Por recibido Oficio N° 0676-09, contentivo de VEINTITRES (23) folios útiles emanado del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Santa Bárbara del Estado Monagas, en relación al caso de los Niños: (Cuya Identificación Se Omite, De Conformidad Con El Artículo 65 Ley Orgánica Para La Protección De Niños, Niñas Y Adolescente), venezolanos, de 07 y 04 años de edad respectivamente y 11 meses de nacido, admítase, désele entrada, anótese, numérese y fórmese expediente. En consecuencia este Tribunal, acuerda como medida de protección la COLOCACION EN LA ENTIDAD DE ATENCION “FUNIPAVE”, Punta de Mata Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas, de los prenombrados Niños, por cuanto no se ha logrado su incorporación a su familia de origen y/o en familia sustituta. Asimismo para que trasladen a los Niños: (Cuya Identificación Se Omite, De Conformidad Con El Artículo 65 Ley Orgánica Para La Protección De Niños, Niñas Y Adolescente), para ser OÍDOS de conformidad con el artículo 80 de la LOPNNA. Se acuerda practicar INFORME SOCIAL, en el hogar del ciudadano progenitor: HENRY BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.475, domiciliado en: EL TEJERO CAMPO SUR CASA N° 05-1, TELEFONO: 04249558259 DEL ESTADO MONAGAS, designándose a la Coordinadora del Equipo Multidisciplinario de este Tribunal. Asimismo se acuerda librar BOLETA DE COMPARECENCIA a la ciudadana progenitora: DESIRE VEGAS, DOMICILIADA EN: MEREYAL SUCRE, CALLE 03, S/N, PUNTA DE MATA ESTADO MONAGAS, para que comparezca por ante este Tribunal a los fines de ser oída con respecto a la medida decreta. Se acuerda la CORRECION DE LA FOLIATURA del presente expediente, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil, quedando de esta manera salvadas las tachaduras. Líbrese oficio, Boleta notificación a la Fiscal Octavo del Ministerio Público y Notificación a la Coordinación del Equipo Multidisciplinario de este Tribunal. Cúmplase.-
LA JUEZ PRIMERA TEMPORAL
ABG. MARIA FABIOLA TEPEDINO.
LA SECRETARIA, ACC
ABG. ISIS CAfAÑA
EXP. N° 21.913 (Colocación en Entidad de Atención), Interlocutoria