REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, 09 de junio de 2009
199º y 150º

HOMOLOGACION DE TRANSACCION.

ASUNTO: VP01-L-2009-001201
PARTE ACTORA: DANIEL AMESTY, titular de la cédula de identidad: 16.165.627.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil VERSION FINAL C.A.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.


Revisada como ha sido la transacción presentada en fecha 04 de Junio de 2009, suscrita por el profesional del derecho, abogado JORGE MACHIN, Inpreabogado: 22.872, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada : Sociedad Mercantil VERSION FINAL C.A.; y el ciudadano DANIEL AMESTY, titular de la cédula de identidad: 16.165.627, asistido por el abogado RENEE PONCE, Inpreabogado: 126.862; todos amplia y suficientemente identificados en autos. Éste Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público; es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, se declara terminado el proceso y se ordena el archivo definitivo del expediente. Así se decide. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Se ordena expedir copias certificadas solicitadas por las partes.
La Juez




Mgs. Judith del Carmen Castro. El Secretario

Abog. Obert Rivas.