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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Décimo Cuarto  Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
 Maracaibo,  04 de  junio  de  dos mil nueve (2009)
 
 DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO.
 
 ASUNTO: VP01-L-2009-000787.
 PARTE ACTORA:  JACQUELINE SCHWARTZ NAVA,    titular de la cédula de identidad: 12.404.876.
 PARTE DEMANDADA: Sociedades Mercantiles  INVERSIONES DOBLE O S.R.L y  BOLÍVAR BANCO, C.A.
 
 
 En el día hábil de hoy  04 de junio de  2009, siendo las 9:15  a.m.,  oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar,  presente las  representantes legales de las  demandadas Sociedades Mercantiles  INVERSIONES DOBLE O S.R.L y  BOLÍVAR BANCO, C.A., representada por las abogadas MARINES CASA DE MOROSO y NATATHALY GOMEZ, y por BOLÍVAR BANCO, C.A.,  la abogada LEXY REGINA GONZALEZ PINEDA,  Inpreabogado 39.407, todas amplia y suficientemente identificadas en actas;  en este estado el Tribunal deja constancia que la  parte actora ciudadana   JACQUELINE SCHWARTZ NAVA,    titular de la cédula de identidad: 12.404.876, no compareció a la realización de la Audiencia, ni por si ni por apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo,  este Juzgado  Décimo Cuarto  de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia,  en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,  DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Y terminado el proceso, ordenando  se archive definitivamente el expediente, una vez firme la presente interlocutoria con fuerza de definitiva.  Así se decide.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE  DECISION.
 La  Juez
 
 El   Secretario
 
 Mgs. Judith del Carmen Castro
 
 Representantes de las demandadas.
 
 
 
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