REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 04 de junio de dos mil nueve (2009)
DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO.
ASUNTO: VP01-L-2009-000787.
PARTE ACTORA: JACQUELINE SCHWARTZ NAVA, titular de la cédula de identidad: 12.404.876.
PARTE DEMANDADA: Sociedades Mercantiles INVERSIONES DOBLE O S.R.L y BOLÍVAR BANCO, C.A.
En el día hábil de hoy 04 de junio de 2009, siendo las 9:15 a.m., oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar, presente las representantes legales de las demandadas Sociedades Mercantiles INVERSIONES DOBLE O S.R.L y BOLÍVAR BANCO, C.A., representada por las abogadas MARINES CASA DE MOROSO y NATATHALY GOMEZ, y por BOLÍVAR BANCO, C.A., la abogada LEXY REGINA GONZALEZ PINEDA, Inpreabogado 39.407, todas amplia y suficientemente identificadas en actas; en este estado el Tribunal deja constancia que la parte actora ciudadana JACQUELINE SCHWARTZ NAVA, titular de la cédula de identidad: 12.404.876, no compareció a la realización de la Audiencia, ni por si ni por apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Y terminado el proceso, ordenando se archive definitivamente el expediente, una vez firme la presente interlocutoria con fuerza de definitiva. Así se decide. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez
El Secretario
Mgs. Judith del Carmen Castro
Representantes de las demandadas.
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