REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, 01 de junio de 2009
199º y 150º
HOMOLOGACION DE TRANSACCION.
ASUNTO : VP01-L-2009-000521
Demandantes: ciudadanos JORGE ARTURO AGUILAR MONTIEL, EDUARD JOSE PEREZ RIBAS, YESI PLATA Y RAFAEL ANTONIO RODRIGUEZ ARRIETA; titulares de la cédula de identidad: 16.836.882, 15.987.443, 16.989.088, 11.286.211, respectivamente.
Demandada: Sociedad Mercantil VIGILANCIA Y TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS, (VIGIBANCA), C.A.
Revisadas como han sido las transacciones presentadas, en fechas 24 de abril y 11 de mayo del presente año, suscritas por los ciudadanos : JORGE ARTURO AGUILAR MONTIEL, EDUARD JOSE PEREZ RIBAS, YESI PLATA Y RAFAEL ANTONIO RODRIGUEZ ARRIETA; debidamente asistidos por la profesional del derecho abogada MARINA HERRERA, Inpreabogado: 113.448, por una parte; y por la otra, la ciudadana abogada BETTY ALVAREZ, Inpreabogado: 13.940, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil VIGILANCIA Y TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS (VIGIBANCA); todos amplia y suficientemente identificados en autos; este Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fueron redactadas las transacciones, observa que las mismas no vulneran derechos irrenunciables de los ex - trabajadores, ni normas de orden público, por lo que este Juzgado Décimo Cuarto, de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA DICHAS LAS TRANSACCIÓNES, impartiéndoles el carácter de Cosa Juzgada. Declara terminado el Proceso y ordena archivar definitivamente el expediente una vez firme la presente interlocutoria con fuerza de definitiva. Así se decide. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez
Mgs. Judith del Carmen Castro. El Secretario
Abog. Obert Rivas.
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