ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-002031
PARTE ACTORA: JORGE UZCATEGUI
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JAIRO RUEDA y LOLIXSA URDANETA VALLES
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE VARGAS I, SRL, TRANSPORTE VARGAS, C.A. y TRANSPORTE E INVERSIONES COMPAÑIA ANONIMA (TRAINCA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: EMERCIO APONTE SULBARAN Y EVA FARINA GARCÍA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Miércoles Diecisiete (17) de Junio de 2009, siendo las Dos y Cincuenta y Cinco minutos de la tarde (2:55pm), se dio inicio a la continuación de la Audiencia Preliminar que se encuentra fijada para las Tres y Treinta minutos de la tarde (3:30pm) del día de hoy, por pedimento de la partes y acordado por el ciudadano juez de este tribunal; en la que comparecieron a la misma los Ciudadanos Abogados JAIRO RUEDA, LOLIXA URDANETA VALLES Y EMERCIO APONTE SULBARAN en su carácter de APODERADOS JUDICIALES de la parte actora y demandadas respectivamente, debidamente identificados en los instrumentos poderes otorgado por sus representados tal y como consta en actas, quienes una vez iniciada la primigenia audiencia y en los sucesivos actos de prolongación, las partes intervinienron de manera objetiva en la defensa de sus derechos e interese, en las que presentaron formulas de solución al conflicto planteado, con la firme intención de llegar a un acuerdo y ponerle fin al presente procedimiento, como efectivamente han llegado y que se especifica en escrito de TRANSACCIÓN que constante de Cinco (5) folios suscriben y consigna en este acto para que forme parte de la presente acta y surta sus efectos legales. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL SUSCRITO POR LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto no conste en actas el cumplimiento total de la obligación asumida por la parte demandada en los términos expuestos, y en caso de incumplimiento la misma se tendrá como de plazo vencido lo que dará derecho a la parte actora de ejecutarla forzosamente, imputándosele los gasto de ejecución que pudieran ocasionarse.


El Juez

La Secretaria

Abog. Alfredo García López Aboga. Yasmely Borrego





Los Presentes